Comienza la campaña de la renta 2018
El 2 de abril de 2019 comienza la campaña de la renta correspondiente al ejercicio 2018, pudiendo realizar la declaración por internet o por teléfono. Es el primer año en que desaparece la declaración en papel impreso para su posterior presentación en oficina o en el banco.
- Materias: Fiscal
- Fecha: 02/04/2019

El 2 de abril de 2019 es la fecha de inicio de la campaña de la Renta 2018, que durará hasta el día 1 de julio.
? Consulte nuestro Especial Campaña Renta 2018
Desde el 2 de abril podrán presentarse las declaraciones del IRPF correspondiente al ejercicio 2018, como también las declaraciones del Impuesto sobre Patrimonio de ese mismo ejercicio.
Fechas clave
Desde el 2 abril hasta el 1 de julio (*)
? Modificación y presentación de la declaración de Renta 2018 por teléfono : Centro de Atención Telefónica -CAT- Atención personal: 901 200 345 o 91 535 68 13 (L a V de 9 a 20 h).
(*) Hasta el 26 de junio, para el caso de domiciliación bancaria.
? Modificación y presentación de la declaración de Renta 2018 por Internet: En el servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)
(*) Hasta el 26 de junio, para el caso de domiciliación bancaria.
? Presentación de declaraciones de Patrimonio 2018: Del 2 abril hasta el 1 julio, siendo obligatoria su presentación por Internet.
Como novedad destacada, este año desaparece la posibilidad de obtener la declaración y sus correspondientes documentos de ingreso o devolución en papel impreso generado a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para su posterior presentación en oficina o en el banco.
Principales novedades de la campaña
PLAZOS, BORRADOR Y AUTOLIQUIDACI?"N
Desde el 2 de abril hasta el 1 de julio de 2019. Si se efectúa domiciliación bancaria del pago, el plazo de confirmación finaliza el 26 de junio de 2019.
El borrador de la declaración podrá ser obtenido a través del servicio RentaWeb.
Para obtener el número de referencia para acceder al borrador/yo datos fiscales, se podrá acudir a la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, mediante el Servicio de tramitación del borrador/declaración, debiendo consignar para ello el NIF del obligado tributario u obligados tributarios, la fecha de expedición o de caducidad de DNI) y el importe de la casilla 475 de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2017.
Este año desaparece la posibilidad de obtener la declaración y sus correspondientes documentos de ingreso o devolución en papel impreso generado a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
FRACCIONAMIENTO DEL PAGO
Los contribuyentes que hayan domiciliado el pago del primer plazo podrán domiciliar el segundo plazo hasta el 22 de septiembre de 2019 y si no domicilian el primero podrán domiciliar el segundo hasta el 1 de julio de 2019. En el caso de los contribuyentes que, al fraccionar el pago, no deseen domiciliar el segundo plazo en entidad colaboradora, deberán efectuar el ingreso de dicho plazo hasta el día 5 de noviembre de 2019, inclusive, mediante el modelo 102.
OBLIGACI?"N DE DECLARAR
Para el ejercicio 2018, el límite excluyente de la obligación de declarar previsto en el artículo 96.3 de la LIRPF para los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo en determinados supuestos, será de:
-12.643 euros, cuando el impuesto se hubiera devengado a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, esto es, contribuyentes no fallecidos en el ejercicio 2018 o fallecidos a partir del 5 de julio de 2018.
- 12.000 euros en caso de que el contribuyente haya fallecido antes de 5 de julio de 2018
PRESTACI?"N POR MATERNIDAD O PATERNIDAD
Están exentas:
- Las prestaciones por maternidad o paternidad percibidas del régimen público de la Seguridad Social.
- Las prestaciones por maternidad o paternidad percibidas de las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al régimen especial de la SS de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, con el límite de la prestación máxima que reconozca la SS por estos conceptos.
- La retribución percibida durante los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad, por los empleados públicos encuadrados en un régimen de SS que no de derecho a percibir prestación de maternidad o paternidad, con el límite de la prestación máxima que reconozca la SS por el concepto que corresponda.
BECAS
Desde 01/01/2018, se incrementan los límites exentos de las becas públicas y de las concedidas por entidades sin fines lucrativos o por fundaciones bancarias para cursar estudios reglados.
GRAVAMEN ESPECIAL SOBRE LOS PREMIOS DE DETERMINADAS LOTERÍAS Y APUESTAS
Están exentas las siguientes cantidades:
? En los juegos celebrados con anterioridad al 5 de julio de 2018, los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 2.500 euros o hasta dicho importe cuando se trate de premios que superen 2.500 euros.
? En los juegos celebrados desde el 5 de julio hasta el 31 de diciembre de 2018, los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 10.000 euros o hasta dicho importe cuando se trate de premios que superen 10.000 euros.
REDUCCI?"N RENDIMIENTOS DE TRABAJO
Para el ejercicio 2018, la DA 47ª de la LIRPF establece una reducción por obtención de rendimientos del trabajo específica para dicho ejercicio:
a) Cuando el impuesto correspondiente al período impositivo 2018 se hubiera devengado con anterioridad a 5 de julio de 2018 (caso de los contribuyentes fallecidos antes del 5 de julio de 2018) será de aplicación de la reducción prevista en el artículo 20 de la Ley del IRPF en la redacción vigente a 31 de diciembre de 2017.
b) Cuando el impuesto se ha devengado a partir de 5 de julio de 2018 (contribuyentes no fallecidos en el ejercicio 2018 o fallecidos a partir del 5 de julio de 2018), la reducción será la suma de las siguientes cuantías:
? La reducción que proceda conforme a la normativa vigente a 31 de diciembre de 2017.
? La mitad de la diferencia positiva resultante de minorar la reducción con la normativa en vigor a 1 de enero de 2019 menos la reducción con la normativa en vigor a 31 de diciembre de 2017.
ACTIVIDADES ECON?"MICAS ESTIMACI?"N OBJETIVA
Se modifica la DT 32ª de la Ley del IRPF para extender al ejercicio 2018 la aplicación de los mismos límites cuantitativos excluyentes del método de estimación objetiva fijados para los ejercicios 2016 y 2017: tanto los relativos al volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior derivado del ejercicio de actividades económicas (250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales y 125.000 euros para las operaciones en las que exista obligación de expedir factura cuando el destinatario sea empresario) como al volumen de compras en bienes y servicios (250.000 euros, excluidas las adquisiciones de inmovilizado)
Para actividades agrícolas, ganaderas y forestales se aplica el límite excluyente previsto en el artículo 31 de la LIRPF para el volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior (250.000 euros anuales, para el conjunto de sus actividades agrícolas, ganaderas y forestales desarrolladas por el contribuyente) y, para el volumen de compras en bienes y servicios, el previsto en la DT 32ª cuya aplicación se amplía al ejercicio 2018.
DEDUCCIONES ESTATALES
- Por inversión en empresas de nueva o reciente creación
Con efectos 1 de enero de 2018 se aumenta la base máxima de deducción de 50.000 a 60.000 euros y se incrementa el porcentaje de deducción del 20 al 30%
- Por incentivos y estímulos a la inversión empresarial en actividades económicas en estimación directa
Se incluyen nuevas deducciones en el ámbito empresarial vinculadas a determinados acontecimientos de excepcional interés público aprobadas en los PGE 2018
- Por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla
Se incrementa del 50 al 60% el porcentaje de deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla tanto para los contribuyentes residentes en dichos territorios como para los contribuyentes que no tengan su residencia habitual y efectiva en los mismos.
- Deducción aplicable a las unidades familiares formadas por residentes fiscales en Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo
A partir del 01/01/2018, en aras de adecuar la normativa del IRPF al derecho de la Unión Europea, los PGE 2018 introduce en la LIRPF una deducción sobre la cuota a favor de aquellos contribuyentes integrantes de una unidad familiar en la que uno de sus miembros resida en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, lo que les impide presentar declaración conjunta.
- Deducción por maternidad
Desde el 01/01/2018, el importe de la deducción por maternidad se podrá incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
- Deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo
- Deducción por el cónyuge no separado legalmente con discapacidad
La nueva deducción por el cónyuge no separado legalmente con discapacidad es aplicable por los contribuyentes cuyo cónyuge con discapacidad no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros ni genere el derecho a las deducciones por descendientes o ascendientes con discapacidad.
- Deducción por familiar numerosa. Incremento adicional por hijo
En el caso de la deducción por familiar numerosa la cuantía de esta se incrementará en una cantidad adicional por cada uno de los hijos que formando parte de ésta exceda del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general o especial.
Para el periodo impositivo 2018, la nueva deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad y el incremento de la deducción previsto por cada uno de los hijos que excedan del número mínimo de hijos exigido para la adquisición de la condición de familia numerosa de categoría general o especial, desde agosto de 2018.
LEY 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 285 Fecha de Publicación: 29/11/2006 Fecha de entrada en vigor: 01/01/2007 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 8ª. Entrada en vigor.
- D.F. 7ª. Habilitación normativa.
- D.F. 6ª. Habilitación para la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
- D.F. 5ª. Modificación del texto refundido de la Ley de regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre.
- D.F. 4ª. Modificación de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
-
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 3080/2020, TSJ Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 1160/2019, 14-07-2020
Orden: Administrativo Fecha: 14/07/2020 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Gimenez Yuste, Emilia Num. Sentencia: 3080/2020 Num. Recurso: 1160/2019
-
Sentencia Constitucional Nº 138/2018, TC, Sala Primera, Rec Recurso de amparo 275/2018, 17-12-2018
Orden: Constitucional Fecha: 17/12/2018 Tribunal: Tribunal Constitucional Ponente: Montoya Melgar, Alfredo Num. Sentencia: 138/2018 Num. Recurso: Recurso de amparo 275/2018
-
Sentencia Supranacional Nº C-651/16, TJUE, 07-03-2018
Orden: Supranacional Fecha: 07/03/2018 Tribunal: Tribunal De Justicia De La Union Europea Num. Sentencia: C-651/16
-
Sentencia ADMINISTRATIVO Nº 1353/2021, TSJ Andalucia, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 428/2020, 03-06-2021
Orden: Administrativo Fecha: 03/06/2021 Tribunal: Tsj Andalucia Ponente: Macho Macho, Santiago Num. Sentencia: 1353/2021 Num. Recurso: 428/2020
-
Sentencia Administrativo Nº 555/2015, TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 678/2013, 20-03-2015
Orden: Administrativo Fecha: 20/03/2015 Tribunal: Tsj Castilla Y Leon Ponente: Pardo Muñoz, Francisco Javier Num. Sentencia: 555/2015 Num. Recurso: 678/2013
-
Deducción IRPF prestaciones maternidad y paternidad Navarra ejercicio 2021
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 08/02/2022
ResumenPara contribuyentes con residencia habitual en Navarra se reconocen determinadas deducciones en la cuota íntegra IRPF relacionadas con las prestaciones de maternidad y paternidad, que se denominan actualmente como por nacimiento y cuidado ...
-
Prestación por nacimiento y cuidado de menor
Orden: Laboral Fecha última revisión: 05/09/2022
El permiso por nacimiento y cuidado de menor será de 16 semanas para ambos progenitores a partir del 1 de enero de 2021.NOVEDADES- D.F. 14.ª de la Ley 4/2023, de 28 de febrero. Con efectos de 02/03/2023, el art. 48.4 del ET especifica que el tér...
-
Permiso y prestación laboral por paternidad
Orden: Laboral Fecha última revisión: 18/03/2022
DESDE 01/01/2021: Se equipara el permiso de paternidad al de maternidad hasta las 16 semanas.NOVEDADES- A partir de 1 de enero de 2021, cada progenitor disfrutará de igual período de suspensión del contrato de trabajo (16 semanas), incluyendo ...
-
Campaña Renta 2021: aspectos generales
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 06/04/2022
Campaña Renta 2021: Aspectos generales Calendario básicoPLAZO DE DECLARACIÓN: Del 6 de abril al 30 de junio de 2022FIN DE PLAZO PARA LA DOMICILIACIÓN DEL PAGO: 27 de junio de 2022FIN DE PLAZO PRESENTACIÓN SIN DOMICILIACIÓN: 30 de junio de ...
-
Novedades IRPF 2023
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 31/03/2023
NOVEDADES IRPF 2023 Publicada la orden con los modelos de declaración de IRPF e Impuesto sobre Patrimonio para el ejercicio 2022Publicada en el BOE de 31 de marzo de 2023 la Orden HFP/310/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueban los modelos ...
-
Modelo de solicitud de rectificación de la declaración del IRPF por las prestaciones por maternidad/paternidad percibidas de la Seguridad Social (años 2014 a 2017)
Fecha última revisión: 04/01/2019
-
Comunicación de interrupción de la actividad por parte del trabajador económicamente dependiente (Incapacidad temporal, maternidad, paternidad)
Fecha última revisión: 28/02/2020
En [LUGAR], a [DIA] de [MES] de [ANIO].Sr./Sra. D./Dña [NOMBRE] A la Att. de la empresa [NOMBRE_EMPRESA]Muy Señor/a mío/a:Por medio de la presente le comunico que, en virtud de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, ...
-
Modelo 190. IRPF. Resumen anual. AEAT (Telemático)
Fecha última revisión: 01/01/2023
-
Formulario de contestación a la demanda de reclamación de filiación no matrimonial
Fecha última revisión: 24/03/2022
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM. [NÚMERO] DE [LUGAR]Procedimiento: filiación.Número: [NÚMERO]/[AÑO].D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR], procurador/a de los Tribunales en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], con domicilio en es...
-
Certificado de empresa para la solicitud de prestaciones en el Sistema especial empleados hogar. (Modelo Oficial)
Fecha última revisión: 18/05/2022
-
Caso práctico: tratamiento en IRPF de las prestaciones por maternidad y paternidad
Fecha última revisión: 30/03/2023
-
Caso práctico: Prestación de maternidad en el Régimen Especial Trabajadores Autónomos. Situación asimilada al alta.
Fecha última revisión: 16/03/2016
-
IRPF - PRESTACIÓN MATERNIDAD PERCIBIDA DE MUTUAS ALTERNATIVAS
Fecha última revisión: 15/01/2019
-
IRPF DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 -C.VALENCIANA 2015 - DEDUCCIÓN POR AYUDAS DE LA GENERALITAT EN EL MARCO DE LEY 6/2009
Fecha última revisión: 01/01/2017
-
IRPF DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 -C.VALENCIANA 2016 - DEDUCCIÓN POR AYUDAS DE LA GENERALITAT EN EL MARCO DE LEY 6/2009
Fecha última revisión: 01/01/2017
PLANTEAMIENTOPaula y Jaime han sido padres en este último ejercicio, percibiendo la prestación por maternidad y paternidad respectivamente. ¿Cómo han de tributar en su IRPF por dichas prestaciones? RESPUESTALa prestación de maternidad y paterni...
PLANTEAMIENTOUna trabajadora autónoma, encuadrada en el RETA, inicia un proceso de incapacidad temporal el 12-04-2014, el 30 de abril causa baja en el RETA por cese de actividad, el 23 de junio es dada de alta en su incapacidad temporal, y el 24 de...
Materia141151 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - HECHO IMPONIBLE, EXENCIONES - PRESTACIONES, PENSIONES, ANUALIDADESPregunta¿Está exenta la prestación por maternidad recibida de mutualidades de previsión social qu...
Materia136289 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - COMUNIDAD VALENCIANA 2015Pregunta¿En qué consiste la deducción autonómica por cantidades procedentes de ayudas p...
Materia138648 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - COMUNIDAD VALENCIANA 2016Pregunta¿En qué consiste la deducción autonómica por cantidades procedentes de ayudas p...
-
Resolución de DGT Vinculante V1608-22 del 04-07-2022
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 04/07/2022 Núm. Resolución: V1608-22
-
Resolución de TEAC, 9/00368/2020/00/00, 25-11-2020
Órgano: Tear De Cantabria Fecha: 25/11/2020 Núm. Resolución: 9/00368/2020/00/00
-
Dictamen de DCE 2020/2008 del 19-02-2009
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 19/02/2009 Núm. Resolución: 2020/2008
-
Resolución Vinculante de DGT, V3077-20, 14-10-2020
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 14/10/2020 Núm. Resolución: V3077-20
-
Resolución Vinculante de DGT, V0082-20, 16-01-2020
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 16/01/2020 Núm. Resolución: V0082-20