Última revisión
21/10/2016
El 18/10/2016, el Congreso ha acordado instar al Gobierno a modificar el régimen de tasas judiciales para la incorporación a la lista de sujetos exentos de pago a ONGs, PYMES y comunidades de propietarios.

La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ha debatido proposiciones no de ley sobre el régimen de tasas judiciales que aún se mantiene tras la sentencia Tribunal Constitucional, nº 140/2016, de 21/07/2016, Rec. Recurso de inconstitucionalidad 973/2013. De esta manera, mediante la incorporación de una enmienda de los socialistas, se pide al Ejecutivo que modifique, en un plazo de tres meses, el art. 7, Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por el que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
La petición, acordada por unanimidad, solicita que se amplíe la excepción de las tasas judiciales no solo a las entidades sin fines lucrativos, sino también a las organizaciones no gubernamentales cuyo objetivo fundamental atienda a la defensa y protección de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales, las necesidades de bienestar económico y social o a la sostenibilidad, protección y regeneración del medio ambiente.
Referencias a las Sentencia Tribunal Constitucional, nº 140/2016, de 21/07/2016, Rec. Recurso de inconstitucionalidad 973/2013
La necesidad de adaptación a la sentencia del Tribunal Constitucional del 21 de julio que declaraba inconstitucional los apdos. 1 y 2 del artículo 7 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, ha sido citada, durante su intervención en el debate, por el portavoz socialista de Justicia, Juan Carlos Campo. Según el cual, las tasas judiciales se habían convertido en un “elemento normativo” que no habían ayudado a la modernización del servicio de Justicia sino que, por el contrario, provocaban una “mayor desigualdad social”.
