Condenada una lotera por simular un robo y posteriormente cobrar los décimos premiados
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Condenada una lotera por ... premiados

Última revisión
19/03/2024

Condenada una lotera por simular un robo y posteriormente cobrar los décimos premiados

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Materias: penal

Fecha: 19/03/2024

El TSJ ratifica la pena impuesta a una lotera por simulación de delito y apropiación indebida, desestimando su recurso en el que alegaba la vulneración de la presunción de inocencia.


Condenada una lotera por simulación de delito y apropiación indebida
Condenada una lotera por simulación de delito y apropiación indebida


El TSJ de Castilla y León en la sentencia n.º 26/2024, de 29 de febrero, ha confirmado la condena de un año y cinco meses de prisión por un delito de simulación de delito y otro de apropiación indebida impuesta a una lotera que fingió ser víctima de un robo con violencia y después vendió décimos premiados.

La sentencia apelada condenó a la lotera por un delito de simulación de delito y otro de apropiación indebida, imponiéndole penas de multa y prisión, así como la inhabilitación para el sufragio pasivo y el pago de costas y responsabilidad civil. Se le acusaba de fingir un robo para apropiarse de dinero y lotería de la administración de lotería donde trabajaba. La sentencia estableció una indemnización al propietario del establecimiento, descontando lo abonado por la aseguradora.

En el recurso alega la infracción de la presunción de inocencia ya que entiende que la Audiencia para alcanzar la conclusión condenatoria efectúa una interpretación irracional o arbitraria del material probatorio existente, especialmente de las declaraciones de los miembros de la Fuerza actuante que instruyó el atestado. Con relación a la existencia de prueba de cargo razona el tribunal:

«Con la Sala de instancia debemos decir que existió prueba de cargo; que la misma fue incorporada al juicio obedeciendo los cánones de legalidad exigibles; que fue sometida a los principios de contradicción, inmediación, publicidad e igualdad; y que el razonamiento que hizo el Tribunal sobre ella fue copioso y suficiente como para que se entiendan suficientemente cumplimentados los requisitos a los que con anterioridad nos referíamos».

Es por ello que la Sala rechaza el recurso, confirmando la existencia de prueba de cargo y su legalidad, la suficiencia de la prueba para desvirtuar la presunción de inocencia y la razonabilidad de la motivación de la sentencia. Se destaca la debilidad de la versión de la acusada y las contradicciones en su declaración, así como la investigación de la Guardia Civil que desacreditó su relato del robo.

Finalmente, se confirma la cantidad a indemnizar, descontando lo abonado por la aseguradora, y se desestima la alegación de vulneración del artículo 109 del Código Penal sobre la especificación de la cantidad objeto de resarcimiento.

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