Última revisión
25/09/2015
Esta medida permitirá a las madres con dos o más hijos incrementar su pensión de jubilación, viudedad e incapacidad permanente en un 5% si tiene dos hijos, un 10% si tiene tres y el 15% si tiene cuatro o más.
Este complemento, que entrará en vigor a partir de 2016 tiene el objetivo de compensar la pérdida de poder adquisitivo de las mujeres como consecuencia del cuidado de sus hijos, ya que no sólo sufren una pérdida de salario cuando solicitan una reducción de jornada o Características de la excedencia voluntaria por cuidado de hijo, sino también una penalización a la hora de cobrar ciertas prestaciones contributivas.
La medida consiste en la aprobación de un complemento a las pensiones contributivas de Cuadro resumen de modalidades de jubilación, Régimen general de la pensión de viudedad o Concepto de incapacidad permanente para las pensiones causadas a partir del 1 de enero de 2016, consistente en un importe equivalente al resultado de aplicar a la pensión inicialmente calculada un porcentaje determinado:
- Por haber tenido dos hijos: 5% de complemento
- Por haber tenido tres hijos: 10% de complemento
- Por haber tenido cuatro o más: 15% de complemento
Estos porcentajes se aplicarán después de calcular las pensiones correspondientes según sus reglas de cálculo. El resultado final será la suma del importe de la pensión más esa cantidad.
Por lo tanto, esta medida está dirigida a mujeres que disponen de suficiente cotización acreditada para acceder a una de las prestaciones contributivas de la Seguridad Social y que tengan residencia continuada en España.
Cabe destacar que en el entorno de la Unión Europea, sólo Francia y Luxemburgo disponen de medidas similares para apoyar la maternidad, aunque en la mayor parte de los países comunitarios las prestaciones relaciones con la maternidad, permisos para cuidado de hijos y ayudas fiscales para padres son más altas y de mayor duración que en España.
