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El Consejo General de la Abogacía Española recurre ante el Supremo el acuerdo del CGPJ sobre los juzgados de las cláusulas suelo
El Consejo General de la Abogacía Española ha interpuesto un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS contra el acuerdo de la Comisión General del Poder Judicial por la que se atribuye la competencia exclusiva en materia de cláusulas suelo a determinados juzgados.
El fundamento de este recurso se basa en el artículo 24.2 de la Constitución. Consideran que el acuerdo del CGPJ de 25 de mayo de 2017, altera el derecho al juez predeterminado por ley reconocido en dicho artículo, ya que impide que los jueces competentes con arreglo a los criterios legalmente establecidos tengan conocimiento de los litigios sobre materia hipotecaria.
?la determinación del juez que ha de conocer de un asunto determinado corresponde a la ley y que no es admisible constitucionalmente la existencia de jueces excepcionales o especiales?.
Solicitan como medida cautelar, la suspensión del acuerdo con el fin de evitar que ?se consoliden situaciones jurídicas procesales de difícil o imposible reparación como puede ser que se tramite por un órgano judicial incompetente un proceso civil en materia de cláusulas suelo?.
Entienden que la atribución de competencias realizadas por el CGPJ debería haberse hecho mediante ley.
Por último, el Consejo General de la Abogacía Española sigue exigiendo mantener la competencia residenciada en los juzgados de partido judicial, sin perjuicio de las medidas de especialización y refuerzo en las demarcaciones en que fueran convenientes y, en todo caso, con la consiguiente dotación presupuestaria.