Última revisión
06/08/2015
La Ley 26/2015, de 28 de julio, ha añadido, con efectos de 18/08/2015, un apdo. 4 ter a la Ley para la mejora del crecimiento y del empleo, para incentivar la contratación de víctimas de trata de seres humanos de 125 euros/mes (1.500 euros/año) durante 2 años.
La disposición final octava de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia modifica, con efectos de 18 de agosto de 2015, la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, como consecuencia de la necesidad de protección de las personas que hayan sido víctimas de trata de seres humanos.
Para ello se incorpora un nuevo apdo. 4 ter. Al art. 2, de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, con la siguiente redacción:
“4 ter. Los empleadores que contraten indefinidamente a víctimas de trata de seres humanos, identificadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 bis de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y que, en su caso, hayan obtenido la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales, sin que sea necesaria la condición de estar en desempleo, tendrán derecho, desde la fecha de celebración del contrato, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado de 125 euros/mes (1.500 euros/año) durante 2 años. En el caso de que se celebren contratos temporales con estas personas se tendrá derecho a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado de 50 euros/mes (600 euros/año), durante toda la vigencia del contrato.” |
Esto supone la implantación de:
COLECTIVO | TIPO DE CONTTATO | CUANTÍA | DURACIÓN | VIGENCIA |
Víctimas de trata de seres humanos | Temporal | 600 euros/año (50 euros/mes) | Toda la vigencia del contrato | La medida tiene carácter indefinido |
Indefinido | 1.500 euros/año (125 euros/mes) | 2 años | La medida tiene carácter indefinido |
