Última revisión
En contratos a tiempo parcial el FOGASA limita los salarios garantizados al porcentaje de la jornada laboral.
En su reciente STS 20/06/2017 (R. 2667/2015), el Alto Tribunal analiza si para el cálculo de la obligación de pago del FOGASA se computa en todo caso el límite del doble del SMI vigente o si ese límite debe reducirse en la misma proporción que la jornada laboral en los casos de contrato a tiempo parcial.
Recordando que el supuesto no ha sido abordado directamente por la Sala IV, la sentencia aclara (tomando como base las J-525671, J-584551, J-567921, en las que se había tratado ?obiter dicta ?el tema), que para el cálculo de las obligaciones el Fondo de Garantía Salarial computa el salario real, siempre que sea inferior al duplo del SMI que es el tope.
Siguiendo el criterio interpretativo de jurisprudencia relacionada, y la interpretación lógico sistemática de los Reales Decretos por el que se fija el SMI anual y el L-23860101-33 del
Hasta este momento, y teniendo en cuenta la J-47537433 [donde se aplica el principio de no discriminación a los trabajadores a tiempo parcial], la cuestión no había obtenido una respuesta unánime por los tribunales existiendo diversidad de pronunciamientos de los distintos TSJ.
J-47716417