Última revisión
Convenio entre la TGSS y Consejo General de la Abogacía para el intercambio de información sobre solicitantes de justicia gratuita
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y el Consejo General de la Abogacía Española, han suscrito un Convenio con el objeto de fijar las condiciones y términos de la colaboración entre ambos Organismos, para facilitar el acceso a la justicia de las personas que, con arreglo a lo previsto en la ley, carecen de recursos para litigar (arts 24 y 119
De esta forma, los Colegios de Abogados podrán solicitar a la TGSS, a través del Consejo General de la Abogacía, exclusivamente con respecto a las personas físicas solicitantes del derecho a la asistencia jurídica gratuita, un informe en el que se refleje su situación laboral del último año, contado desde la fecha de la solicitud, así como la última información laboral que conste a la TGSS.
?sta deberá aportar información tanto de la persona física solicitante del derecho, como de su unidad familiar.
En el caso de que el interesado no autorice esta tramitación, deberá solicitar él mismo a la TGSS, y proceder a su aportación en el procedimiento, su informe de vida laboral y el correspondiente a la de su unidad familiar, a la fecha de solicitud del reconocimiento del beneficio de justicia gratuita.
A través de un servicio de intercambio de información, el Consejo solicitará unos datos a la TGSS, siendo contestada por ésta. El intercambio se realizará a través de la herramienta IFI (intercambio de ficheros institucionales).
El intercambio de información se realizará del modo siguiente: Los Colegios de Abogados remitirán las solicitudes al CGAE quien, por vía telemática, remitirá a la TGSS un fichero con las solicitudes de los peticionarios del derecho de asistencia jurídica gratuita. Posteriormente, también por vía telemática, el CGAE obtendrá la información facilitada por la TGSS, encargándose de enviarlo, a su vez, a los Colegios de Abogados peticionarios.
La TGSS informará a los Colegios de Abogados a través de la plataforma del Consejo de los días en que el ciudadano ha permanecido en alta en el año natural anterior y la situación del ciudadano a fecha de solicitud de información, así como el régimen y el grupo de cotización.
El Convenio tendrá una vigencia de cuatro años naturales a partir del día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (31 de octubre de 2019), previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de ?"rganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal; y será prorrogable a su término mediante acuerdo expreso, que deberá formalizarse con un mes de antelación a la expiración del Convenio, hasta un máximo de cuatro años adicionales.
- Resolución de 9 de octubre de 2019, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y el Consejo General de la Abogacía Española, para obtener cierta información de forma telemática de los solicitantes de justicia gratuita.