Última revisión
La cuota de los autónomos volverá a subir entre tres y doce euros en noviembre
La base mínima de la cuota de autónomos sube a finales de este mes a 289 euros, seis euros más de lo que se pagaba durante el mes de octubre. La Seguridad Social anunció el pasado mes de octubre esta subida dada la aplicación del incremento en la cuota de la subida de los tipos de cotización pactada en 2018, algo que debería haberse aplicado desde el mes de enero, pero no ha sido efectuado hasta octubre.
Aumento progresivo de los tipos de cotización aplicables por contingencias profesionales y por cese de actividad de los trabajadores autónomos previsto en el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre
Con efectos de 01/01/2019, el RDL 28/2018, fijó:
"Los tipos de cotización por contingencias profesionales y por cese de actividad de los trabajadores autónomos incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar se ajustarán a la siguiente escala:
a) Para la cotización por contingencias profesionales:
En el año 2020, el tipo de cotización será el 1,1 por ciento.
En el año 2021 el tipo de cotización será el 1,3 por ciento.
A partir del año 2022, el tipo de cotización será el que se establezca con carácter definitivo para ambos regímenes especiales en la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado.
No obstante ello, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, cuando a los trabajadores autónomos del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar les resulte de aplicación por razón de su actividad un coeficiente reductor de la edad de jubilación, la cotización por contingencias profesionales se determinará de conformidad con el tipo más alto de los fijados en la tarifa de primas establecida en la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, en la redacción dada por este real decreto-ley, siempre y cuando el establecimiento de dicho coeficiente reductor no lleve aparejada una cotización adicional por tal concepto.
b) Para cese de actividad:
En el año 2020, el tipo de cotización será el 0,8 por ciento.
En el año 2021 el tipo de cotización será el 0,9 por ciento.
A partir del año 2022, el tipo de cotización será el que se establezca con carácter definitivo para ambos regímenes especiales en la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado".
Incrementos paulatinos de la cotización desde el 0,7% al 1,1% para 2020.
De esta forma:
CESE DE ACTIVIDAD | CONTINGENCIAS PROFESIONALES | |
2019 | 0,7 % | 0,9 % |
2020 | 0,8 % | 1,1 % |
2021 | 0,9 % | 1,3 % |
En septiembre, la base mínima de la cuota subió entre 2,8 (base mínima) y 12,2 euros (base máxima). En octubre, el incremento fue el mismo, entre 2,8 y 12,2 euros más. Ahora en noviembre volverá a incrementarse lo mismo respecto octubre, implicando una subida de entre 6 y 24 euros.