A prisión, con 19 años, por no presentarse en el juzgado al día siguiente de quedar en libertad
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Última revisión
14/05/2019

A prisión, con 19 años, por no presentarse en el juzgado al día siguiente de quedar en libertad

Tiempo de lectura: 3 min

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Materias: penal

Fecha: 14/05/2019

manos prisión
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Encausado por un robo en un comercio de Pamplona, el investigado eludiría la prisión si se presentaba en el juzgado tres días a la semana y cumplía con medidas de reinserción. No obstante, al no cumplir con la obligación de presentarse en el juzgado todos los miércoles, viernes y domingos, una imposición que infringió al día siguiente de su puesta en libertad un sábado, el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona ha decretado el ingreso en prisión provisional del investigado.

El sábado, en el auto de libertad, el juez advertía de que “el incumplimiento de cualquiera de las condiciones” que se le imponían en la resolución judicial supondría “su inmediato ingreso en prisión”.

Aparte de las citadas comparecencias en el Juzgado de Guardia, el imputado debía mantenerse en el programa de deshabituación de drogas en el que actualmente se encontraba y conservar el puesto de trabajo que tenía.

Esta noticia, publicada en la web del poder judicial ayer, 13 de mayo de 2019, se relaciona con otra del pasado día 11 en el que se anunciaba que un juez dejaba en libertad con la obligación de acudir a programas socioeducativos a cuatro detenidos por robos en comercios de Pamplona con la obligación de demostrar semanalmente que no consumían drogas y su asistencia a centros de deshabituación. En ese caso, el magistrado consideraba que, debido a la juventud de los investigados, de 19 años, el ingreso en prisión, aún reconociendo que excluirá por completo el riesgo de reiteración delictiva, tendría para los detenidos y, por ende, para toda la sociedad -que a la larga sufrirá los efectos de esa "contaminación delictiva" que pretende evitarse con esta resolución- "unos efectos sumamente negativos", al ponerlos en contacto con otros presos provisionales, "lo que únicamente podrá generar un efecto pernicioso" para los investigados y les alejará del camino de la legalidad, introduciéndolos de lleno en el de la delincuencia con una alta probabilidad.

El juez de las cuatro resoluciones judiciales de libertad con medidas cautelares como comparecer en el juzgado tres días a la semana; acreditar dos de ellos ante el juzgado que se mantienen en el programa formativo de formación profesional que venían desarrollando; atestiguar una vez por semana ante el Juzgado de Instrucción que tres de ellos no ha consumido sustancias estupefacientes, con la aportación de los correspondientes informes analíticos; y mantenerse el cuarto en el programa de deshabituación, había mantenido que "Evidentemente, ese compromiso no es por sí sólo suficiente, pero reforzándolo con otras obligaciones y condiciones que el detenido ha aceptado cumplir servirá, en opinión de este instructor, para minimizar ese riesgo de reiteración delictiva, en el bien entendido, como ya se le ha dicho por este instructor al investigado, que el incumplimiento de cualquiera de las condiciones que se le imponen en la presente resolución supondrá su inmediato ingreso en prisión"

Fuente: poderjudicial.es

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