El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de la nueva Ley de Industria
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Última revisión
07/12/2022

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de la nueva Ley de Industria

Tiempo de lectura: 4 min

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Materias: mercantil, administrativo

Fecha: 07/12/2022

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El Consejo de Ministros ha aprobado en primera vuelta el anteproyecto de la nueva Ley de Industria que se refiere a aspectos como la promoción industrial y mejora de la competitividad, la reindustrialización, digitalización de la industria, adaptación a la neutralidad climática, autonomía estratégica industrial, el impulso de los ecosistemas industriales y los proyectos de interés general, la seguridad y calidad industrial y la gobernanza. Sus principales objetivos son:

  • La garantía de la libertad de establecimiento de empresas industriales.
  • La protección de la libre circulación de productos industriales, la garantía de la unidad de mercado y la coordinación administrativa.
  • La promoción de un entorno favorable a la generación de ecosistemas industriales y el impulso de proyectos tractores y de interés general.
  • La promoción industrial y la mejora de su competitividad.
  • La internacionalización de la empresa industrial, así como la atracción de inversiones estratégicas y tractoras de la economía.
  • La promoción y control de la seguridad y calidad industrial y el establecimiento del régimen general de responsabilidad industrial.
  • La planificación estratégica de la actividad industrial, y la salvaguardia de la base industrial que suministra recursos de primera necesidad y de carácter estratégico.
  • El fortalecimiento institucional de los agentes y sistemas de gobernanza del ecosistema industrial y la colaboración entre ellos.

Se contempla en la nueva norma que la Administración General del Estado promoverá y desarrollará líneas de ayudas que favorezcan los objetivos establecidos. Como condición en la obtención de las ayudas que se contemplan, se establece que los beneficiarios deberán mantener la actividad productiva al menos durante cinco años en caso de grandes empresas y tres en caso de pymes.

El anteproyecto contempla como prioridades:

  • Creación del Consejo Estatal de Política Industrial como refuerzo de la estructura de gobernanza. Además, se elaborará la Estrategia Española para el impulso Industrial 2030 en el que se contendrán las líneas generales y las directrices básicas de la política industrial y el Plan Estatal de Impulso Industrial.
  • Desarrollo de los ecosistemas industriales e impulso de proyectos tractores y de interés general. La norma contempla como proyectos industriales de interés general aquellos que cumplan al menos dos de las siguientes condiciones: significativo volumen de inversión y empleo indefinido, proyectos dentro de ecosistemas industriales definidos o que pertenezcan a sectores considerados estratégicos por el Consejo de Seguridad Nacional, o alineados con los objetivos industriales de la UE e integrados en los mecanismos de financiación europea.
  • Medidas para la protección e impulso de la competitividad industrial: especial protección a la industria intensiva en energía con medidas para facilitar su descarbonización, se podrán establecer bancos de pruebas regulatorios y de apoyo con el fin de facilitar la investigación e innovación, medidas que contribuyan a la dotación de servicios e infraestructuras necesarios para el fomento de áreas industriales y se introduce la figura de la refinanciación de préstamos concedidos a las empresas en programas nacionales de ayudas públicas.
  • Se establece un capítulo especial sobre la ordenación de los procesos de reindustrialización donde se establece la obligación de la empresa, en determinadas circunstancias, de explorar fórmulas para la prevención, corrección y mitigación de los efectos asociados a un posible cierre o reducción de actividad que involucre una importante reducción de empleo. Para ello se otorga un plazo a los implicados para buscar una solución a través de una mesa de reindustrialización en la que intervendrá la Administración General del Estado.
  • La seguridad industrial que tiene por objeto la prevención y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes y siniestros capaces de producir daños o perjuicios, derivados de la actividad industrial. Los reglamentos de seguridad establecerán las instalaciones afectadas, las condiciones técnicas, requisitos de seguridad, medidas que deben adoptar los titulares, régimen de mantenimiento e inspecciones de las instalaciones o equipos, exigencia de seguros y, excepcionalmente, necesidad de autorización administrativa.
  • El régimen de infracciones y sanciones. Las infracciones se califican como muy graves (multas hasta 100 millones de euros), graves (multas hasta 6.000.000 euros) y leves (multas hasta 60.000 euros). El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta norma será de cinco años para las muy graves, tres para las graves y uno para las leves, a contar desde su total consumación.

Fuente: La Moncloa

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