Última revisión
Los perceptores del subsidio no contributivo de desempleo para mayores de 55 años han de presentar una declaración anual de carencia de rentas para seguir recibiendo las ayudas concedidas.
Junto con los requisitos genéricos de estar desempleado, tener cumplidos 55 años en la fecha de solicitud y estar inscrito como demandante de empleo sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales; a la hora de percibir el Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años, se exige carecer de rentas. Para ello se exige que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen, no supere el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
La acreditación de esta carencia de recurso se justifica anualmente acompañando la documentación acreditativa para la prestación de una declaración anual. El prestacionista tendrá un plazo de quince días hábiles desde la entrega de la última solicitud, y, de no presentarlo, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización.
Manual de usuario del SEPE para la Declaración anual de rentas del subsidio de mayores de 55 años