Toda persona que tenga co... escrito.

Última revisión
18/06/2015

Toda persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir infracción en materia laboral, de seguridad y salud laboral, de seguridad social o empleo, entre otras, puede reclamar los servicios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social mediante denuncia por escrito.

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Materias: laboral

Fecha: 02/07/2015

A estos efectos se consideran infracciones en el orden social las acciones y omisiones de los sujetos responsables (personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes) tipificadas y sancionadas en la normativa del orden social. Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves y se sancionan a propuesta de la Inspección de Trabajo, previa instrucción del oportuno expediente y conforme al procedimiento administrativo especial (RD 928/1998, de 14 de mayo).

Para solicitar la presencia de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social debe solicitarse mediante denuncia por escrito. Este escrito deberá contener, además de los datos de identificación personal del denunciante y su firma, los hechos presuntamente constitutivos de infracción, fecha y lugar de su acaecimiento, identificación de los presuntamente responsables y cualquier circunstancia relevante ().

El denunciante no tendrá la consideración de interesado en esta fase de actividad inspectora previa sin perjuicio de que, en su caso, tengan tal condición en los términos del artículo 31 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común una vez que se inicie el expediente sancionador o liquidatorio.

Denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Socialanónimas

No se tramitarán las denuncias anónimas, las que se refieran a materias cuya vigilancia no corresponde a la Inspección, las que manifiestamente carezcan de fundamento o resulten ininteligibles, ni las que coincidan con asuntos de que conozca un órgano jurisdiccional. No obstante, los funcionarios del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, guardarán secreto sobre los datos, informes, origen de las denuncias o antecedentes de que hubieran tenido conocimiento en el desempeño de sus funciones.

Buzón de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social

La Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, tiene a disposición de todos los ciudadanos un "BUZÓN DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE LABORAL" donde, de forma anónima, el conocedor de algún incumplimiento laboral, de Seguridad Social o de Prevención de Riesgos, puede ponerlo en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), cumplimentando simplemente un formulario on-line.

La información suministrada mediante estas comunicaciones, una vez analizada, se dispone se incorpora a la actividad planificada de la Inspección, salvo en aquellos casos en que por razones de urgencia o gravedad se estime necesaria su realización inmediata. 

Formas de presentar las denuncias

Existen tres maneras de presentar una denuncia ante los servicios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social:

  • De forma presencial. En los registros de la ITSS, así como en los registros de los demás órganos de la Administración del Estado y de las CC.AA.
  • De forma telemática. A través de la Sede electrónica del Ministerio de Empleo y Seguriodad Social.
  • Por correo ordinario. Adjuntando copia del DNI del denunciante mediante carta dirigida a la oficina correspondiente de la Inspección Provincial de Trabajo y S.S.

Escrito de denuncia ante la Inspección de Trabajo. (Modelo Oficial)

FUENTE: Web de la Inspección de Trabajo y S.S.

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