La Dirección General de l...talización

Última revisión
15/03/2017

La Dirección General de los Registros y del Notariado aprueba los modelos de contratos de bienes muebles de uso general y autoriza su digitalización

Tiempo de lectura: 2 min

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Materias: civil, mercantil

Fecha: 15/03/2017

La Dirección General de los Registros y del Notariado aprueba los modelos de contratos de bienes muebles de uso general y autoriza su digitalización
La Dirección General de los Registros y del Notariado aprueba los modelos de contratos de bienes muebles de uso general y autoriza su digitalización

La R-25042762, tiene por objeto “dar cumplimiento a esa primera fase por medio de la autorización para que los modelos de contratos oficiales de uso general se puedan digitalizar y de esa forma puedan ser accesibles a los ciudadanos o las empresas desde la web, pudiendo ser cumplimentados de forma directa para, una vez hecho, puedan ser debidamente impresos por cualquier medio de reproducción, para su presentación física o, en su caso, telemática, y su despacho en el Registro Provincial de Bienes Muebles competente.

Asimismo, y considerando los más de quince años transcurridos desde la aprobación de los primeros modelos de contratos de uso general de bienes muebles se hace necesario, dadas las múltiples modificaciones legislativas habidas en esos años, proceder a una renovación total de los mismos”.

Se autoriza al Registro de Bienes Muebles Central para que, por medio de sus servicios técnicos, y los del Servicio de Sistemas de Información del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, pueda digitalizar los modelos de contratos de uso general debidamente aprobados, de forma que sean accesibles en la sede electrónica del Colegio de Registradores pudiendo ser cumplimentados de forma electrónica a efectos de su posterior impresión por cualquier medio de reproducción, para su presentación física, por correo, o telemática, en los Registros Provinciales de Bienes Muebles.

Los modelos digitalizados, a los efectos de su suministro a personas que no deseen o no puedan utilizar medios electrónicos para su cumplimentación, deberán ser impresos en los Registros Provinciales de Bienes Muebles o en el Registro de Bienes Muebles Central, para su entrega a dichas personas que los podrán cumplimentar físicamente por los medios que estimen pertinentes.

Esta resolución entrará en vigor a los 3 meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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