Última revisión
23/04/2026
El CGPJ impulsa directrices para reforzar la protección de datos de menores

La Dirección de Supervisión y Control de Protección de Datos del Poder Judicial ha publicado las Directrices 1/2026, de 14 de abril de 2026, con el objetivo de reforzar la protección de los datos personales de menores contenidos en procedimientos judiciales.
El texto, según la nota de prensa difundida por el Poder Judicial el 21 de abril de 2026, será puesto en conocimiento de los miembros de la Carrera Judicial y de los letrados y letradas de la Administración de Justicia para garantizar una mayor protección de aquellos datos que puedan afectar directamente a menores.
Minimización de datos en la información facilitada a terceros
Las directrices parten de la necesidad de asegurar el cumplimiento del principio de minimización de datos, recogido en el artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos. Conforme a este criterio, el tratamiento debe ser adecuado, pertinente y limitado a lo necesario.
En la práctica, este principio cobra especial relevancia cuando los progenitores solicitan al órgano judicial información contenida en una sentencia, convenio regulador u otro documento judicial para aportarla a terceros, como puede ser un centro escolar.
La finalidad es evitar la entrega íntegra de resoluciones o documentos judiciales que incluyan información sensible de los menores cuando no sea imprescindible para la finalidad perseguida.
Qué información debe limitarse
La nota de prensa destaca que la aplicación de estas directrices permitiría restringir la comunicación de datos relativos a extremos especialmente sensibles, como la atribución de la patria potestad, el régimen de guarda y custodia, el régimen de visitas, estancias y comunicación, las recogidas en el centro escolar o en actividades extraescolares, la atribución de facultades decisorias sobre determinadas cuestiones, las órdenes de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de los hijos o la distribución de costes económicos relacionados con el centro escolar.
Con ello, se pretende que la información trasladada a terceros se limite a los datos estrictamente necesarios para acreditar el extremo concreto que deba ser conocido.
Solicitudes electrónicas y formularios específicos
Las solicitudes de información al órgano judicial podrán realizarse por medios electrónicos, bien con intervención de procurador o directamente por los progenitores. Para ello, se habilitan formularios específicos en los que podrán indicarse los datos requeridos.
Además, el CGPJ dará traslado de las directrices y de los formularios a las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia para su distribución entre los órganos jurisdiccionales de sus respectivos territorios; al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes para su entrega a los letrados y letradas de la Administración de Justicia; y al Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica para su distribución a las administraciones autonómicas con competencias en materia de justicia.
Impacto práctico
La iniciativa busca ofrecer a los órganos judiciales un criterio común para expedir certificados o facilitar información cuando estén en juego intereses de menores, evitando una circulación excesiva de datos personales en ámbitos como el escolar. En términos prácticos, refuerza la idea de que no debe entregarse más información judicial de la estrictamente necesaria para la finalidad solicitada.
Fuente: Poder Judicial
