Última revisión
14/01/2026
El Gobierno propone reforzar la protección del derecho al honor frente a los nuevos desafíos de la era digital

El Consejo de Ministros ha anunciado la aprobación del Proyecto de Ley Orgánica reguladora del derecho de rectificación, así como el análisis del anteproyecto de Ley Orgánica de protección civil al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Estas iniciativas, enmarcadas en el Plan de Acción por la Democracia, suponen una revisión en profundidad de la normativa vigente para enfrentar los desafíos derivados de la expansión digital, la inteligencia artificial, y los nuevos entornos de comunicación.
Reforma de la Ley Orgánica reguladora del derecho de rectificación para su adaptación al entorno digital
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha destacado la urgencia de actualizar la regulación del derecho de rectificación en España, que data de 1984. Con la reforma de dicha normativa, cualquier ciudadano podrá instar la rectificación de una información difundida por medios de comunicación social –incluyendo ahora los digitales– cuando esta sea inexacta y le perjudique.
Entre las principales novedades del texto destacan:
- El derecho a la rectificación se extiende a informaciones publicadas por usuarios de especial relevancia en redes sociales y plataformas online, definidos como influencers con más de 100.000 seguidores en una red o más de 200.000 en el conjunto de ellas.
- El plazo para ejercer el derecho se amplía: será de 10 días para medios convencionales y de 20 para medios digitales y usuarios relevantes.
- Se suprime la exigencia de dirigir la solicitud al director del medio: bastará con enviarla al propio medio o, en el caso de plataformas digitales, al responsable del usuario o del contenido.
- Medios digitales y influencers deben ofrecer un mecanismo fácil, gratuito y visible para la solicitud de rectificación, obligándose a publicarla en un plazo máximo de tres días.
- El contenido de la rectificación ha de ceñirse a los hechos inexactos, aunque admite opiniones o valoraciones conexas, siempre que no sean excesivas o impertinentes.
- Novedades procesales: el nuevo procedimiento judicial elimina trámites para ganar agilidad, permitiendo presentación sucinta y resolución incluso oral por parte del juez si no se atiende la rectificación extrajudicialmente.
Mayor protección civil del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen frente a las tecnologías emergentes
Paralelamente, el Gobierno ha impulsado la revisión integral de la ley de 1982 relativa a la protección del honor, la intimidad personal y familiar, y la propia imagen, incorporando criterios de protección ante los desafíos del siglo XXI. El anteproyecto incorpora las recomendaciones legislativas nacionales y europeas, incorporando especial sensibilidad frente al impacto de la inteligencia artificial, los deepfakes y la viralización de contenidos a través de plataformas digitales.
- Consentimiento digital: compartir imágenes en redes sociales no implica autorización para su uso fuera de ese contexto. El consentimiento es siempre limitado al canal original y será más estricto en el caso de menores.
- Protección de menores y personas vulnerables: los mayores de 16 años podrán consentir el uso de su imagen. La intervención del Ministerio Fiscal será obligatoria en los pleitos de menores de 18, y el consentimiento nunca podrá menoscabar el honor o la dignidad del menor.
- Defensa post mortem: se amplían las personas legitimadas para ejercer acciones por intromisión en honor o imagen tras el fallecimiento, incluyendo a parejas y personas designadas en testamento. Se permite prohibir expresamente el uso póstumo de voz o imagen con fines comerciales.
- Limitaciones al uso de IA y deepfakes: la utilización de imagen o voz de una persona con inteligencia artificial requerirá consentimiento expreso, salvo en casos de interés público, contextos creativos o satíricos con mención expresa del uso de esta tecnología.
- Protección a las víctimas: se contempla como intromisión ilegítima cualquier utilización del delito por parte del victimario que cause daño a la víctima, especialmente en los llamados true crimes.
- Criterios indemnizatorios reforzados: se regulan criterios objetivos de valoración del daño moral (reincidencia, gravedad, repercusión social, etc.) y se prohíben las indemnizaciones simbólicas. Incluso se podrá ordenar la publicación de la condena en el Boletín Oficial del Estado.
- Garantías para la libertad de expresión: se respetan las excepciones reconocidas por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y Supremo para actuaciones de interés público, noticiabilidad o autoridad judicial competente.
Un avance decisivo del Plan de Acción por la Democracia
Estas reformas legislativas forman parte de los compromisos adquiridos en el Plan de Acción por la Democracia aprobado en septiembre de 2024. El proyecto de Ley Orgánica reguladora del Derecho de Rectificación, junto con el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Civil al Derecho al Honor, la Intimidad Personal y la Propia Imagen, sientan las bases para una defensa y actualización efectiva de derechos fundamentales frente a la rápida transformación tecnológica y mediática. El Gobierno reafirma así el compromiso de adaptar el ordenamiento jurídico a la realidad digital, equilibrando protección y libertad de información, y reforzando el estado de derecho en beneficio de la ciudadanía y de la democracia española.
