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Última revisión
29/07/2026

El Gobierno suspende los plazos procesales en lugares afectados por los incendios e introduce medidas laborales urgentes

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Materias: laboral, administrativo

Fecha: 29/07/2026

El nuevo Real Decreto-ley, aún pendiente de publicación en el BOE, suspende los plazos procesales en los partidos judiciales afectados por los incendios forestales e introduce medidas urgentes para particulares, empresas y trabajadores afectados.

El Gobierno suspende los plazos procesales en lugares afectados por los incendios e introduce medidas laborales urgentes

 

Suspensión extraordinaria de los plazos procesales

El Gobierno ha acordado la suspensión extraordinaria de los plazos procesales entre los días 27 y 31 de julio, ambos inclusive, en los partidos judiciales afectados por los incendios forestales, con el objetivo de evitar que la emergencia dificulte el normal desarrollo de la actividad judicial y el cumplimiento de los trámites por parte de la ciudadanía y de los profesionales.

La medida, aprobada por el Consejo de Ministros y pendiente de publicación en el BOE, se aplica en los partidos judiciales de Ávila, Arenas de San Pedro, Talavera de la Reina, Torrijos, Navalcarnero, San Lorenzo de El Escorial y Nules. La suspensión afecta a los plazos procesales comprendidos en ese periodo, aunque mantiene las excepciones habituales previstas en la legislación procesal.

Entre ellas se encuentran las actuaciones urgentes del orden penal, los procedimientos de tutela de derechos fundamentales y los procedimientos de protección de menores, que no se verán afectados. Además, la norma incorpora una cláusula final que faculta al juez o tribunal para acordar la práctica de cuantas actuaciones judiciales resulten necesarias con el fin de evitar perjuicios irreparables para los derechos de las personas afectadas.

Suspensión de plazos o vistas a instancia de los profesionales afectados

El alcance de la medida no se limita a la delimitación general de los partidos judiciales afectados. También prevé que los profesionales cuyo domicilio profesional o particular se encuentre en alguno de esos partidos puedan poner esa circunstancia en conocimiento del órgano judicial competente para solicitar, con carácter excepcional y de acuerdo con la legislación procesal, la suspensión de plazos o de vistas cuando resulte procedente.

De este modo, se articula una vía específica para que la situación derivada de los incendios no repercuta de forma automática en los procedimientos judiciales de quienes se hayan visto directamente afectados por la emergencia.

Medidas adicionales para personas y empresas damnificadas

La decisión se integra en un paquete más amplio de protección para personas y empresas damnificadas. El Real Decreto-ley también permitirá disponer de más tiempo para solicitar la declaración de concurso en caso de insolvencia y suspende temporalmente los plazos para reclamar derechos o iniciar determinadas actuaciones legales.

Estas medidas han sido adoptadas en coordinación con los operadores jurídicos y atendiendo a las peticiones trasladadas por el Consejo General de la Abogacía Española, con la finalidad de reforzar la seguridad jurídica y evitar que las consecuencias de los incendios limiten el ejercicio de derechos o el acceso a la justicia.

Nueva prestación para trabajadores

El Real Decreto-ley prevé medidas laborales extraordinarias y urgentes para las personas afectadas por incendios forestales que hayan implicado evacuaciones, limitaciones de acceso, confinamientos u otras restricciones acordadas por las autoridades.

La norma establece una nueva prestación, con un máximo de cuatro meses de duración, que no exigirá período mínimo de cotización ni consumirá cotizaciones a efectos de futuras prestaciones. Podrán acogerse a ella quienes no puedan acceder a su domicilio habitual o deban acondicionarlo, así como quienes tengan que afrontar cuidados personales o familiares a causa de los incendios.

Efectos de la norma

La norma, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, producirá efectos respecto de los incendios forestales ocurridos a partir del 23 de julio. Con ello, el Gobierno sitúa el inicio temporal de la cobertura extraordinaria en el momento en que se desencadenó el episodio de incendios al que se vinculan estas medidas excepcionales.

El Notariado activa medidas urgentes para asistir a los damnificados

Además, el Consejo General del Notariado ha comunicado la activación de medidas de urgencia para atender a las personas afectadas por los incendios forestales. Entre ellas figura la prestación de asesoramiento notarial gratuito y la puesta en marcha de servicios notariales de apoyo para auxiliar en la localización y recuperación de la documentación destruida, facilitar la prueba documental de los derechos existentes y dar solución a otras dificultades.

Los damnificados podrán solicitar actas notariales de notoriedad acreditativas de la titularidad de sus bienes y derechos afectados, así como actas telemáticas urgentes de protocolización de fotografías de los daños sufridos, que podrán remitirse por vía online a través del procedimiento habilitado en la Sede Electrónica Notarial.

Los Colegios Notariales afectados habilitarán a los notarios que sean necesarios para prestar servicio en todo el ámbito territorial de su comunidad autónoma. Estas actuaciones se enmarcan en el Plan Notarial de Emergencias, creado para garantizar una respuesta eficaz, rápida y coordinada por parte de los notarios de España en situaciones de crisis.

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