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Última revisión
12/06/2025

El TC rechaza en este momento el debate sobre las cuestiones prejudiciales relativas a la amnistía

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Materias: penal

Fecha: 12/06/2025

El TC rechaza el debate sobre las cuestiones prejudiciales relativas a la amnistía, reservándolo para la deliberación del Pleno sobre el fondo del asunto.

El TC rechaza en este momento el debate sobre las cuestiones prejudiciales relativas a la amnistía


El Pleno del Tribunal Constitucional ha tomado la decisión de no abrir en este momento un trámite de audiencia sobre el planteamiento de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con el recurso de inconstitucionalidad que versa sobre la Ley de Amnistía. Este acuerdo establece que tal debate debe realizarse exclusivamente durante la deliberación sobre el fondo del proceso.

Esta resolución se produce en un contexto en el que diversos actores políticos, en particular los diputados del Grupo Parlamentario Popular, han solicitado la suspensión del proceso constitucional hasta que el TJUE se pronuncie sobre estas cuestiones prejudiciales. Sin embargo, el TC ha dejado claro que el momento adecuado para evaluar la relevancia de tales cuestiones será durante la deliberación del Pleno respecto al recurso de inconstitucionalidad en sí.

El auto emitido por el TC aclara que la iniciativa de plantear cuestiones prejudiciales es facultad del órgano judicial y no corresponde a las partes involucradas. Por tanto, la simple petición de que se abran estas cuestiones no conlleva la obligación de iniciar un trámite formal para plantearlas. La conclusión es que el tribunal valorará este aspecto en la deliberación sobre el recurso, cuyo trámite procesal ha concluido y está a la espera de sentencia.

Además, el TC ha abordado otra petición de los diputados del Grupo Parlamentario Popular, que solicitaban específicamente la paralización del proceso hasta recibir una resolución del TJUE. En este sentido, el tribunal reiteró que será en la deliberación de fondo cuando se examine si se justifica un aplazamiento en la emisión de su fallo.

El auto también señala la controversia en torno a un escrito presentado por tres magistrados que pedían la inclusión de la discusión sobre las cuestiones prejudiciales en el orden del día del Pleno. Este punto resalta que la inclusión de temas en dicho orden del día es competencia exclusiva del presidente del tribunal, lo cual tiene carácter interno y no afecta a los expedientes jurisdiccionales.

El TC argumenta que no corresponde otorgar acceso a las partes a los escritos que contengan opiniones o solicitudes de los magistrados sobre la convocatoria y el orden del día de los plenos, dado que estos documentos son salvaguardados como parte del protocolo interno del tribunal. A su vez, todos los informes y adendas presentados en relación con estos escritos se consideran de carácter interno y no están destinados a ser compartidos con las partes en el proceso.

En conclusión, no hay lugar, en este momento procesal, al debate sobre el planteamiento de cuestiones prejudiciales ante el TJUE respecto al recurso de inconstitucionalidad sobre la Ley de Amnistía, quedando reservado aquel para el momento de la deliberación sobre el fondo del asunto. No obstante, en este contexto de debate interno, se han anunciado tres votos particulares que reflejan la existencia de opiniones divergentes en el seno del TC. 

Fuente: Tribunal Constitucional

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