El TJUE anula parcialmente la Decisión de la Comisión relativa al «sistema español de arrendamiento fiscal»
El Tribunal de Justicia anula parcialmente la sentencia del Tribunal General en la medida en que designa a las AIE y sus inversores como únicos beneficiarios de la ayuda contemplada en dicha sentencia, y, por tanto, en la medida en que ordena la recuperación de la totalidad de su importe exclusivamente de los inversores de las AIE.
- Materias: Fiscal
- Fecha: 07/02/2023

En la recientesentencia en asunto C-649/20P, de 2 de febrero de 2023, ECLI:EU:C:2023:60 elTribunal de Justicia de la UE estima el motivo de casación formulado por elReino de España, basado en un defecto de motivación de la sentencia recurridaen lo que se refiere a la recuperación de la ayuda en cuestión, y desestima losrecursos de casación en lo demás. De este modo, al anularparcialmente la sentencia recurrida y considerar que el estado de la partede esos recursos pendiente de examen permite resolver definitivamente ellitigio, el Tribunal de Justicia declara que procede anularparcialmente la sentencia del Tribunal General en la medida en que ordena quese recupere íntegramente el importe de la ayuda contemplada en la misma de susbeneficiarios, identificados de forma errónea.
En el presente caso, el TJUEentiende que el SEAF constituía un dispositivo fiscal destinado a generaruna ventaja no solo en beneficio de los inversores que formaban parte de unaAIE, sino también de las empresas navieras. Asimismo, resulta que elreparto de esta ventaja fiscal entre una empresa naviera y los inversores deuna AIE estaba previsto en contratos jurídicamente vinculantes, aportados alas autoridades tributarias y que estas tenían en cuenta para autorizar, en elejercicio de la facultad discrecional de que disponían a este respecto, laamortización anticipada. En consecuencia, el Tribunal de Justicia anulaparcialmente la sentencia del Tribunal General en la medida en que designa alas AIE y sus inversores como únicos beneficiarios de la ayuda contemplada endicha sentencia, y, en consecuencia, en la medida en que ordena la recuperaciónde la totalidad de su importe exclusivamente de los inversores de las AIE.
Antecedentes
En 2006, la Comisión Europea recibió variasdenuncias acerca de la aplicación del Sistemaespañol de arrendamiento fiscal (SEAF)a determinados acuerdos de arrendamiento financiero, en la medida en que permitía que las empresas navieras obtuvieranun descuento de entre un 20 % y un 30 % en el precio de compra de buquesconstruidos por astilleros españoles. Según la Comisión, elobjetivo del SEAF consistía en generar en primer lugar una ventaja fiscal afavor de agrupacionesde interés económico (AIE) y de los inversoresque participaban en las mismas quienes, seguidamente, trasladaban parte de esasventajas a las empresas navieras que adquirían un buque nuevo.
En una Decisión adoptada en julio de 2013, laComisión consideró que determinadas medidas fiscales que conformaban el SEAF,así como el SEAF en su conjunto, constituíanuna ayuda estatal que revestía la forma de ventaja fiscal selectivaparcialmente incompatible con el mercado interior. La Comisiónordenó a las autoridades nacionales que recuperaran estas ayudas de losinversores, esto es, de los miembros de las AIE. Españay varias empresas afectadas, interpusieron recursos de anulación contra laDecisión de la Comisión.
En su sentencia en asuntosacumulados T-515/13 RENV y T-719/13 RENV, de 17 de diciembre de 2015,ECLI:EU:T:2015:1004, elTribunal General anuló dicha Decisión al considerar que la existencia de una facultaddiscrecional atribuida a la Administración tributaria no bastaba para conferircarácter selectivo a las ventajas derivadas del SEAF en su conjunto, ya quecualquier inversor que decidiera participar en las operaciones del SEAF podíaobtener esas ventajas en idénticas condiciones.
El TJUE anuló la sentencia delTribunal General. Así, consideró que el Tribunal General había incurrido en unerror de Derecho al basar su análisis del carácter selectivo de las medidasfiscales en la premisa errónea de que los inversores, y no las AIE, eran losbeneficiarios de las ventajas fiscales. Dado que el Tribunal General no sehabía pronunciado sobre la totalidad de los motivos formulados, el TJUEconsideró que el estado del litigio no permitía su resolución y devolvió losasuntos al Tribunal General.
En la nueva sentencia, dictadatras la devolución, de 23 de septiembre de 2020, ECLI:EU:T:2020:434, elTribunal General desestimó los recursos presentados por los demandantes, loscuales interpusieron ante el Tribunal de Justicia recursos de casacióncontra esta sentencia.
Análisis del TJUE
Por lo que se refiere, enprimer lugar, al análisis del requisito de selectividad, el TJUEcoincide con el Tribunal General en que la existencia de un sistema deautorización no implica por sí misma que la medida en cuestión tenga carácterselectivo. Así, para que esa medida merezca tal calificación, esnecesario demostrar que las autoridades competentes disponen de una facultaddiscrecional amplia para determinar los beneficiarios y los requisitos de lamedida concedida, de modo que deba considerarse que el ejercicio de dichafacultad favorece a determinadas empresas o producciones en relación con otras,no beneficiarias de ella, que se encuentran en una situación comparable.
En consecuencia, elTribunal General no incurrió en error de Derecho al considerar que laexistencia de aspectos discrecionales podía favorecer a los beneficiariosrespecto de otros sujetos pasivos que se encontrasen en una situación fáctica yjurídica comparable. Asimismo, entienden que la Comisión no incurrió enerror de Derecho al deducir del carácter selectivo de la amortizaciónanticipada que el SEAF era selectivo en su conjunto, ya que resulta pacíficoque las demás medidas controvertidas que conforman el SEAF dependían de laautorización previa de la amortización anticipada. Por tanto, elTribunal de Justicia desestima por infundados todos los motivos relativos alcarácter selectivo del SEAF.
Por lo que se refiere a la recuperaciónde las ayudas ilegales, el TJUE resuelve que deben igualmentedesestimarse.
En tercer y último lugar, elTribunal de Justicia se pronuncia sobre un motivo basado en un defecto de motivaciónde la sentencia recurrida. A este respecto, el Tribunal de Justiciaresuelve que, si bien esa sentencia está motivada de forma suficiente enDerecho en lo que respecta al carácter selectivo del SEAF, no sucede lo mismopor lo que se refiere a la recuperación de la ayuda en cuestión.
Así, el Tribunal General selimitó a señalar que en la Decisión controvertida se identificaba a losinversores como únicos beneficiarios de la ayuda y que esta pretensión noconstituía el objeto del litigio. Ahora bien, el TJUE entiende que laspartes, a través de sus alegaciones, expusieron que no habían sido las únicasbeneficiarias de la ayuda en cuestión, y el Tribunal General no se pronunciósobre ello, lo cual constituye un incumplimiento de la obligación demotivación. Por ello, el TJUE anula la sentencia recurrida en tanto encuanto, mediante la misma, el Tribunal General desestimó los recursos porcuanto tenían por objeto la anulación de la Decisión controvertida en la medidaen que designa a las AIE y sus inversores como únicos beneficiarios de la ayudacontemplada en dicha Decisión, y en la medida en que ordena al Reino de Españaque recupere íntegramente el importe de la ayuda contemplada en esa mismaDecisión de los inversores de las AIE. Se desestiman los recursos de casaciónen todo lo demás.
Por último, el alto Tribunaleuropeo recuerda que la obligación de recuperar una ayuda que la Comisiónconsidera incompatible con el mercado único tiene por objeto restablecer lasituación anterior a la concesión de la ayuda privando a sus beneficiarios,esto es, las empresas que la han disfrutado efectivamente, de la ventajacompetitiva que la ayuda les ha reportado.
Fuente: Tribunalde Justicia de la Unión Europea
No se han encontrado resultados...
-
Sentencia Supranacional Nº C-128/16, TJUE, 25-07-2018
Orden: Supranacional Fecha: 25/07/2018 Tribunal: Tribunal De Justicia De La Union Europea Num. Sentencia: C-128/16
-
Sentencia Supranacional Nº C-127/16, TJUE, 07-03-2018
Orden: Supranacional Fecha: 07/03/2018 Tribunal: Tribunal De Justicia De La Union Europea Num. Sentencia: C-127/16
-
Sentencia Civil Nº 155/2004, AP - Cantabria, Sec. 1, Rec 176/2003, 30-03-2004
Orden: Civil Fecha: 30/03/2004 Tribunal: Ap - Cantabria Ponente: Vazquez De Castro, Eduardo Num. Sentencia: 155/2004 Num. Recurso: 176/2003
-
Sentencia Supranacional Nº C-933/19, TJUE, 11-11-2021
Orden: Supranacional Fecha: 11/11/2021 Tribunal: Tribunal De Justicia De La Union Europea Num. Sentencia: C-933/19
-
Auto Supranacional Nº C-319/18, TJUE, 25-06-2019
Orden: Supranacional Fecha: 25/06/2019 Tribunal: Tribunal De Justicia De La Union Europea Num. Sentencia: C-319/18
-
Régimen jurídico de los fondos de capital-riesgo
Orden: Mercantil Fecha última revisión: 13/11/2014
Los Fondos de Capital Riesgo (FCR) son patrimonios separados sin personalidad jurídica, pertenecientes a una pluralidad de inversores, cuya gestión y representación corresponde a una sociedad gestora, que ejerce las facultades de dominio sin ser ...
-
La Oferta Pública de Venta o Suscripción de Valores.
Orden: Mercantil Fecha última revisión: 16/11/2015
Según el 35 ,Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre , una OFERTA PÚBLICA DE VENTA O SUSCRIPCIÓN DE VALORES, toda comunicación a personas en cualquier forma o por cualquier medio que presente información suficiente sobre los términos...
-
Delito de estafa de inversores
Orden: Penal Fecha última revisión: 18/09/2020
El artículo 282 bis ha sido introducido en el Código Penal por la LO. 5/2010, de 22 de junio, que ya en su preámbulo establecía que: “teniendo como referente la Directiva 2003/06 del Consejo, de 28 de enero de 2003, sobre las operaciones con ...
-
Auxiliares y colaboradores en la navegación marítima y aérea
Orden: Mercantil Fecha última revisión: 25/01/2016
Se enumeran en este comentario las principales figuras de auxiliares y colaboradores en el ámbito del personal marítimo y aéreo, haciendo una breve descripción de la regulación jurídica y características de cada una de ellas. Personal Marít...
-
Responsabilidad de los empresarios de la navegación marítima y aérea
Orden: Mercantil Fecha última revisión: 25/01/2016
Antes de entrar de manera pormenorizada sobre la responsabilidad de los empresarios de la navegación marítima y aérea debemos empezar por decir qué se entiende por empresario marítimo y a su vez diferenciarlo de otros sujetos que operan en el...
-
Formulario de demanda solicitando la nulidad del contrato de suscripción de bonos convertibles en acciones
Fecha última revisión: 09/07/2018
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE [LOCALIDAD]Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE] Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], en virtud de escritura de poder que adjunto y cuya devolución intereso, ba...
-
Formulario de contrato de promoción delegada.
Fecha última revisión: 07/06/2017
CONTRATO DE PROMOCIÓN DELEGADAEn [LOCALIDAD], a [FECHA]REUNIDOSDE UNA PARTE: D. / Dña. [NOMBRE], mayor de edad, con DNI número [DNI], y domicilio a efecto de notificaciones del presente documento en [DOMICILIO].Actúa en representación de [NOMBRE...
-
Modelo de solicitud de autorización residencia para inversor, emprendedor, profesional altamente cualificado, investigador, trabajador que efectúe movimientos intraempresariales o teletrabajador de carácter internacional (Ley 14/2013, de 27 de septiembre)
Fecha última revisión: 01/01/2023
-
Modelo MI-F de solicitud de autorizacion de familiares de inversor, emprendedor, profesional altamente cualificado, extranjero en formación, investigación o trasladado intraempresarial. Ley 14/2013, de 27 de septiembre
Fecha última revisión: 01/01/2023
-
Escrito solicitando prórroga del régimen especial de entidades navieras en función del tonelaje (Impuesto sobre Sociedades)
Fecha última revisión: 17/09/2018
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA Don/Doña [NOMBRE] con N.I.F. [NIF] con domicilio fiscal en [DOMICILIO] y domicilio a efecto de notificaciones en [DOMICILIO], actuando como representante de la Entidad denominada [NOMBRE_EM...
-
IS R.D.LEG. 4/2004 - REG ESPECIALES - ENTIDADES NAVIERAS EN FUNCIÓN DEL TONELAJE - ÁMBITO DE APLICACIÓN: DELIMITACIÓN SUBJETIVA
Fecha última revisión: 01/01/2017
-
ENTIDADES NAVIERAS EN FUNCIÓN DEL TONELAJE - ÁMBITO DE APLICACIÓN SUBJETIVA
Fecha última revisión: 17/04/2018
-
IRPF HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - CATALUÑA 2013 - DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE ACCIONES DE ENTIDADES NUEVAS (II)
Fecha última revisión: 01/01/2017
-
IVA - EXENCIONES EN OPERACIONES INTERIORES - OPERACIONES FINANCIERAS: MEDIACIÓN EN PRÉSTAMOS EN PÁGINAS WEB
Fecha última revisión: 01/01/2017
-
IRPF DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 -CATALUÑA 2015 - DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE ACCIONES DE ENTIDADES NUEVAS (II)
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia128076 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - REGÍMENES ESPECIALES - ENTIDADES NAVIERAS EN FUNCIÓN DEL TONELAJEPregunta¿Qué entidades pueden acogerse al régimen especial previsto para las entidades navieras en función del tonelaje...
Materia138188 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - REGÍMENES ESPECIALES - ENTIDADES NAVIERAS EN FUNCIÓN DEL TONELAJEPregunta¿Qué entidades pueden acogerse al régimen especial previsto para las entidades navieras en función del tonelaje?Re...
Materia133454 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS 2013 Y 2014 - CATALUÑA 2013Pregunta¿Qué requisitos deben cumplirse para tener derecho a la deducción autonómica en concepto de inversión por un á...
Materia133952 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - EXENCIONES EN OPERACIONES INTERIORES - OPERACIONES FINANCIERAS Y DE SEGUROSPreguntaUna empresa opera una plataforma por internet que permite poner en contacto a inversores con Pymes, actuando en nom...
Materia136128 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - CATALUÑA 2015Pregunta¿Qué requisitos deben cumplirse para tener derecho a la deducción autonómica en concepto...
-
Resolución de TEAC, 9005/2015/00/00, 04-12-2018
Órgano: Tribunal Económico Administrativo Central Fecha: 04/12/2018 Núm. Resolución: 9005/2015/00/00
-
Resolución de TEAC, 0/09005/2015/00/00, 04-12-2018
Órgano: Tribunal Económico Administrativo Central Fecha: 04/12/2018 Núm. Resolución: 0/09005/2015/00/00
-
Resolución Vinculante de DGT, V0408-05, 17-03-2005
Órgano: Sg De Impuestos Sobre La Renta De Las Personas Físicas Fecha: 17/03/2005 Núm. Resolución: V0408-05
-
Dictamen de DCE 859/2014 del 17-09-2014
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 17/09/2014 Núm. Resolución: 859/2014
-
Dictamen de DCE 36/2015 del 16-04-2015
Órgano: Consejo De Estado Fecha: 16/04/2015 Núm. Resolución: 36/2015