Última revisión
07/03/2024
El TJUE garantiza el acceso a las normas armonizadas de seguridad de juguetes por interés público

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha anulado la decisión de la Comisión Europea y la sentencia del Tribunal General que denegaban el acceso a las normas técnicas armonizadas sobre la seguridad de los juguetes.
Esta resolución, la sentencia del TJUE asunto C?588/21 P, de 5 de marzo, ECLI:EU:C:2024:201, responde a la apelación de dos organizaciones sin ánimo de lucro, Public.Resource.Org y Right to Know, cuya finalidad es hacer el Derecho libremente accesible a todos los ciudadanos, que en 2018 solicitaron acceso a dichas normas, que se encontraban en poder de la Comisión, y les fue denegado.
Entre otras cosas, la denegación se basaba en que las normas armonizadas en cuestión, alcanzaban el umbral de originalidad exigido para constituir una «obra», en el sentido de la jurisprudencia, y por tanto, podían acogerse a la protección prevista para las mismas, señalando además que «(...) las recurrentes se equivocaban al sostener que, en la medida en que el Tribunal de Justicia había declarado, en la sentencia de 27 de octubre de 2016, James Elliott Construction (C?613/14, EU:C:2016:821), que esas normas formaban parte del «Derecho de la Unión», el acceso a dichas normas debía ser libre y gratuito, sin que pudiera aplicárseles ninguna excepción al derecho de acceso», y que no existía ningún interés público superior que justificara la divulgación de las normas armonizadas solicitadas.
El TJUE parte del análisis de los artículos 2 y 4 del Reglamento n.º 1049/2001, en los que se establece el derecho de acceso a los documentos del Parlamento, del Consejo y de la Comisión, y la posibilidad de denegar el acceso a un documento cuya divulgación suponga un perjuicio para la protección de los intereses comerciales de una persona física o jurídica, incluida la propiedad intelectual, salvo que su divulgación revista un interés público superior.
El Tribunal de Justicia ha determinado que existe un interés público superior que justifica la divulgación de estas normas, ya que tienen efectos jurídicos significativos y son parte del Derecho de la Unión. La decisión subraya la importancia del Estado de Derecho y el libre acceso al Derecho, permitiendo a los ciudadanos verificar si los productos cumplen con los requisitos establecidos.
La decisión del Tribunal de Justicia se basa en el derecho de acceso a los documentos de la Unión garantizado a los ciudadanos y entidades con residencia o domicilio social en un Estado miembro, tal como se establece en la legislación de la Unión Europea. La divulgación de documentos puede ser denegada si perjudica los intereses comerciales, a menos que haya un interés público superior. En este caso, el Tribunal de Justicia ha identificado un interés público superior que prevalece sobre los intereses comerciales, lo que lleva a la anulación de la decisión de la Comisión y la sentencia del Tribunal General.
