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Última revisión
28/05/2024

El TS condena al SERMAS a reembolsar a un paciente los gastos médicos por su ingreso en un hospital privado

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Fecha: 28/05/2024

El Tribunal Supremo condena al SERMAS a reembolsar los gastos del hospital privado en el que estuvo ingresado un paciente tras haber recibido el alta un día antes en el hospital público.


El TS condena al SERMAS a reembolsar los gastos médicos por ingreso en un hospital privado
El TS condena al SERMAS a reembolsar los gastos médicos por ingreso en un hospital privado


El Tribunal Supremo ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) a pagar a un paciente los gastos médicos derivados de su ingreso durante la pandemia en un hospital privado un día después de ser dado de alta en un hospital público.

La Sala de lo Social estima parcialmente el recurso de casación y condena al pago de 2.013,44 euros al considerar que se trata de un caso de riesgo vital con necesidad de una asistencia médica inmediata. Esto lleva a entender que se trata de un supuesto excepcional que contempla el reembolso de dichos gastos, ya que no se entiende que el paciente al acudir a la sanidad privada haya hecho un uso abusivo de servicios ajeno a la sanidad pública.

La estimación del recurso es parcial ya que el paciente reclamaba como gastos 80.000 euros, sin embargo, se condena a devolver 2.013,44 euros que fueron los gastos acreditados ante el juzgado de instancia.

En el supuesto de hecho el paciente había acudido a urgencias del hospital público, donde le dieron el alta al día siguiente con indicación de tratamiento farmacológico. Al día siguiente ingresó en el hospital privado con neumonía bilateral lo que supuso su traslado a la UCI en la que permaneció 35 días. 

En la sentencia la Sala señala que «el alta hospitalaria del actor, constatada ya la existencia de neumonía, como se evidenció de la gravísima evolución que experimentó en un breve lapso con evidente peligro para su vida, se mostraba claramente arriesgada. No puede mantenerse que el demandante no intentara que su asistencia sanitaria se asumiera por la sanidad pública, pues, efectivamente lo hizo, y ante su alta –y con la evidencia de la saturación de medios materiales y humanos existente- se viera obligado a acudir a la sanidad privada. No es posible entender en esas circunstancias, que se hizo un uso abusivo de servicios ajenos al sistema sanitario público».

Fuente: Poder Judicial

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