Última revisión
13/05/2025
El TS se pronuncia sobre las cláusulas de presencialidad e impone preaviso en caso de incorporaciones del teletrabajo

El Tribunal Supremo ha anulado varias cláusulas del acuerdo de teletrabajo en el Grupo Endesa, en particular, la anulación se centra en aspectos referidos a la presencialidad, la compensación de gastos, y la validez de las cláusulas relativas al periodo de preaviso para la incorporación al lugar de trabajo.
La STS n.º 164/2025, de 4 de marzo de 2025, ECLI:ES:TS:2025:1043, resuelve el recurso de casación interpuesto por Grupo Endesa y el Sindicato Independiente de la Energía (SIE) contra la decisión anterior de la Audiencia Nacional. Los puntos claves sobre los que se han centrado las controversias incluyen las condiciones de teletrabajo y las obligaciones de los trabajadores en términos de presencialidad.
Con carácter previo la sentencia recurrida (SAN, rec. 269/2022, de 10 de noviembre de 2022, ECLI:ES:AN:2022:5109) había declarado previamente la nulidad de varias cláusulas del acuerdo individual que regula el teletrabajo. La cláusula que prohíbe que los días de teletrabajo sean compensados por la presencia en el centro de trabajo fue especialmente criticada. La decisión del Supremo viene a reafirmar la importancia de la legislación de trabajo a distancia, que establece derechos fundamentales para los trabajadores.
El recurso fue presentado tras un conflicto colectivo iniciado por el SIE, que solicitó la nulidad de las cláusulas que limitaban el derecho a la compensación de gastos y que obligaban a los trabajadores a acudir al centro de trabajo sin el correspondiente preaviso. El Tribunal enfatizó que el trabajo a distancia no debe implicar sacrificios en términos de derechos laborales y que cualquier cambio en la modalidad de trabajo debe ser negociado previamente entre empleador y trabajador.
La sentencia del Tribunal Supremo destaca que la imposibilidad de acumular o desplazar días destinados al teletrabajo, cuando el trabajador debe asistir al centro laboral, contraviene el derecho a unas condiciones de trabajo justas y equilibradas. Además, se ha establecido que la empresa debe proporcionar un preaviso adecuado para garantizar que los trabajadores puedan adaptar su vida familiar y laboral a las exigencias del trabajo presencial.
Trabajo a distancia y teletrabajo.
Trabajo a distancia y teletrabajo. Paso a paso. Colex. Año 2022.
