Última revisión
17/12/2024
El TSJ de Aragón condena a la empresa a abonar los costes y las tasas del CAP

La STSJ de Aragón, rec. 795/2024, 21 de octubre de 2024, ECLI:ES:TSJAR:2024:1538, ha ratificado el derecho de los conductores del servicio de limpieza y recogida de residuos de FCC Medio Ambiente para realizar los cursos de Aptitud Profesional (CAP) en horario laboral y que estos sean sufragados por la empresa. Este fallo, que afecta a aproximadamente 300 trabajadores de distintas categorías, se produce tras el rechazo de un recurso de la empresa, confirmando así un fallo anterior de un juzgado social de Zaragoza.
El conflicto surgió debido a la necesidad de obtener certificaciones de aptitud profesional que permiten la conducción de vehículos pesados de más de 3.500 kilogramos, ya que la empresa no asignaba los vehículos permanentemente a un mismo conductor. Así, se argumentó que los trabajadores debían asumir los costos y el tiempo de capacitación, lo que generó un desacuerdo que fue llevado a juicio.
Según el tribunal, la responsabilidad de proporcionar formación adecuada recae sobre la empresa, especialmente al asignar vehículos que requieren dicha certificación. La sentencia establece que el tiempo dedicado a la formación debe considerarse parte de la jornada laboral ordinaria y debe aplicarse no sólo a los conductores, sino también a los operarios de primera y peones que desempeñen funciones de conducción.
El fallo del TSJAR indica que los trabajadores que realicen la formación deben ser considerados dentro del marco de prevención de riesgos laborales, es decir, que la capacitación es esencial para garantizar su seguridad y adecuación en el puesto de trabajo. Por tanto, el tribunal concluyó que toda capacitación para la obtención del CAP debe realizarse durante la jornada laboral y no a costa del tiempo personal de los trabajadores.
Mientras que la representación de los trabajadores había solicitado un reconocimiento formal de estos derechos, la empresa FCC Medio Ambiente argumentó que su naturaleza de servicio público imposibilitaba que los trabajadores abandonaran sus puestos para recibir la formación. No obstante, el tribunal descartó este argumento, afirmando que la realización de la limpieza viaria no impide a los trabajadores obtener las certificaciones necesarias para su desarrollo profesional.
Es importante mencionar que la sentencia no es firme y podría ser objeto de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Adaptación de la jornada de trabajo para asistencia a cursos de formación o estudios oficiales.
