Última revisión
10/03/2025
El TSJ de Asturias rechaza la incapacidad permanente de una auxiliar de geriatría con dolor crónico de rodilla

La STSJ Asturias n.º 1854/2024, de 3 diciembre de 2024, ECLI:ES:TSJAS:2024:3087, ha desestimado la solicitud de incapacidad permanente de una auxiliar de geriatría, quien había recurrido la decisión del Juzgado de lo Social número 3 de Gijón. La autoridad judicial consideró que las dolencias que sufre la trabajadora, caracterizadas por un dolor crónico de rodilla y problemas lumbares, no limitan su capacidad para desempeñar sus funciones laborales.
La causa detrás de esta decisión se remonta a octubre de 2021, cuando la demandante, María Inmaculada, inició una baja médica por una enfermedad común, específicamente una gonalgia derecha y condromalacia rotuliana. En abril de 2022, María Inmaculada presentó la correspondiente solicitud para la obtención de una incapacidad permanente, solicitud que fue denegada por el mencionado juzgado en junio del presente año, argumentando la ausencia de reducciones funcionales relevantes que afectasen a su capacidad laboral.
En su recurso, la trabajadora alegó sufrir múltiples dolencias crónicas y limitaciones físicas que, según ella, resultan incompatibles no solo con su trabajo habitual como auxiliar de geriatría, sino también con cualquier otra actividad laboral. Además, la demandante afirmó que los tratamientos médicos que ha recibido no le han proporcionado alivio y que no existen nuevas intervenciones programadas en la Unidad de Dolor.
No obstante, los magistrados de la Sala Social del TSJ subrayaron que la evaluación médica realizada no detectó limitaciones significativas en la movilidad de la trabajadora. De hecho, el informe médico, que formó parte de la evaluación de incapacidad, indicaba que la paciente había acudido a la consulta con un bastón inglés, pero que esto no demostraba una incapacidad funcional severa. El informe también reveló que la paciente había comenzado un tratamiento en la Unidad de Dolor, lo que sugiere que aún no se han agotado todas las opciones terapéuticas disponibles.
El TSJ concluyó que la duda existente sobre el origen de las dolencias de María Inmaculada, quien había sido evaluada tanto por dolor de rodilla como por problemas lumbares, hizo que su situación no pueda ser calificada como incapacitada permanentemente. La decisión del tribunal se basa en la no existencia de un deterioro significativo en la capacidad laboral, y resaltó que la salud de la paciente no había culminado en una condición irreversible tras los tratamientos recibidos.
Los magistrados consideraron que, aunque es posible que el dolor crónico influya en la capacidad laboral, la ley exige que se presenten pruebas claras de que esta incapacidad es duradera y que se hayan agotado todas las alternativas de tratamiento antes de calificar a alguien como incapacitado permanentemente.
Cabe destacar que la sentencia del TSJ no es firme, ya que la trabajadora tiene la opción de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Fuente: Poder Judicial
