Última revisión
10/05/2024
El TSJPV reconoce la igualdad retributiva de los doctores investigadores de la universidad
El TSJPV reconoce la igualdad retributiva entre el personal investigador doctor con contratos de duración determinada y los contratados de manera directa por la universidad.
La STSJ del País Vasco n.º 426/2024, de 6 de marzo del 2024, ECLI:ES:TS:2024:1512, ha reconocido el derecho a la igualdad retributiva entre el personal investigador doctor con contratos de duración determinada y los contratados de manera directa por la universidad.
La decisión surge tras un conflicto colectivo presentado por los sindicatos ELA y STEE-EILAS SINDIKATUA contra la Universidad del País Vasco/Herriko Unibertsitatea (UPV/EHU), en el que se demandaba el derecho de los trabajadores afectados a percibir el mismo salario que los doctores investigadores contratados de manera directa por la universidad.
La sentencia, ponencia del Excmo. Sr. D. Sebastián Moralo Gallego, resuelve a favor de los demandantes, declarando el derecho de los trabajadores investigadores doctor con contratos de duración determinada a recibir una retribución igual a la de sus homólogos contratados directamente. Este fallo se basa en la inexistencia de justificación objetiva y razonable para una diferencia retributiva, considerando que ambos colectivos realizan funciones comparables dentro de la institución.
El tribunal desestimó los argumentos presentados por la UPV/EHU, entre ellos, la falta de competencia objetiva del TSJ del País Vasco, la falta de agotamiento de cauces procesales de solución de conflictos, y la falta de litisconsorcio pasivo necesario. Además, se rechazaron las alegaciones sobre la supuesta diferencia en las funciones realizadas por los colectivos comparados, subrayando que la investigación es un derecho y un deber del personal docente e investigador, independientemente de la naturaleza de su contrato.
Este fallo refuerza el principio de igualdad retributiva y establece un importante precedente en la lucha contra la discriminación salarial en el ámbito de la investigación y la academia, alineándose con los principios de igualdad ante la ley y no discriminación por cualquier condición o circunstancia personal o social, incluida la naturaleza temporal del contrato de trabajo.
Contratación del personal investigador de carácter laboral.
Principios de igualdad y transparencia retributiva
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