Última revisión
Se publica en el Diario Oficial de la Generalitat, la Ley 8/2017, de 7 de abril, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana.
Tras su publicación el en Diario Oficial de la Comunidad Autónoma, el 11-04-17, entra en vigor la Ley 8/2017, de 7 de abril, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana. Dicha norma tiene por objeto establecer un marco normativo adecuado para garantizar el derecho de autodeterminación de género de las personas que manifiesten una identidad de género sentida diferente a la asignada en el momento del nacimiento, y tras incluir un cuadro de derechos en la materia y prohibir expresamente la práctica de terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento destinadas a modificar la identidad o expresión de género de las personas trans, establece la proohibición de toda forma de discriminación por razón de identidad o expresión de género, incluyendo la discriminación, directa o indirecta, por asociación y por error, la discriminación múltiple, el acoso, la inducción, orden o instrucción de discriminar, las represalias o el incumplimiento de las medidas de acción positiva derivadas de obligaciones normativas o convencionales, "así como la victimización secundaria por inacción de quien, en su caso, tiene un deber de tutela".
Entre otras cuestiones la ley crea un órgano de carácter consultivo denominado Consejo Consultivo Trans de la Comunitat Valenciana, y después de instaurar medidas en diversos ámbitos (sanitario, educativo,a dmnsitrativo, etc.) contiene un cuadro de infracciones y sanciones administrativas en materia de vulneración de los derechos de las personas trans.
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