Equivalencia formativa de...as y local

Última revisión
23/12/2019

Equivalencia formativa de los cuerpos de policía de comunidades autónomas y local

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Materias: administrativo

Fecha: 23/12/2019

coche policia sirena
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La reciente Orden EFP/1241/2019, de 19 de diciembre, tiene por objeto determinar la equivalencia genérica del empleo de Policía de las Comunidades Autónomas y de los Cuerpos de Policía Local, al título de Técnico correspondiente a la Formación Profesional del sistema educativo. Esta equivalencia tendrá efectos académicos y de acceso al empleo público y privado y aquellos otros que pudieran corresponder con la legislación vigente.

Los candidatos que obtengan el nombramiento, como funcionario de carrera, de Policía de las Comunidades Autónomas o de los Cuerpos de Policía Local, tras la superación de todas las fases del proceso de selección obtendrán la equivalencia genérica al título de Técnico correspondiente a la Formación Profesional del sistema educativo, a efectos académicos y de acceso al empleo público y privado y aquellos otros que pudieran corresponder con la legislación vigente. Así mismo, se requerirá el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a)?Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos.

b)?Haber superado el curso de formación de un mínimo de 1.100 horas, impartido por el organismo competente de cada comunidad autónoma, además de un periodo de prácticas cuya duración mínima será de 600 horas.

Procedimiento.

1.?La tramitación de la equivalencia genérica del título de Técnico de Formación Profesional, se realizará por el organismo competente de cada comunidad autónoma, que será el encargado de recibir y revisar la documentación, dando posteriormente traslado al Ministerio de Educación y Formación Profesional para su validación.

2.?El organismo competente que se contemple en la ley de policía de cada comunidad autónoma debe certificar expresamente que cada uno de los solicitantes pertenece, como funcionario de carrera, a la Policía de las Comunidades Autónomas o de los Cuerpos de Policía Local, habiendo superado todas las fases del proceso de selección y la realización del curso de formación, así como el periodo de prácticas.

3.?Además del certificado citado anteriormente, debe remitir a través de la aplicación electrónica de registro que corresponda, la siguiente documentación:

a)?Solicitud debidamente cumplimentada y firmada. Puede descargarse del portal web del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

b)?Autorización para consultar el DNI a través del Sistema de Verificación de Datos o fotocopia del mismo en caso de que se oponga a tal consulta.

c)?Copia auténtica del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de acuerdo a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), o equivalente a efectos académicos.

Derogación normativa

Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones:

a)?Orden ECI/945/2008, de 2 de abril, por la que se establece la equivalencia de la categoría de Mozo y de Moza de la Escala Básica del Cuerpo de Mozos de Escuadra de la Generalidad de Cataluña al título de Técnico correspondiente a la formación profesional del sistema educativo.

b)?Orden EDU/3497/2011, de 13 de diciembre, por la que se establece la equivalencia de Agente de la Escala Básica de la Ertzaintza y de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco al título de Técnico correspondiente a la formación profesional del sistema educativo.

c)?Orden ECD/406/2014, de 12 de marzo, por la que se establece la equivalencia del empleo de Policía de los Cuerpos de Policía de Navarra al título de Técnico correspondiente a la formación profesional del sistema educativo.

d)?Orden ECD/405/2014, de 12 de marzo, por la que se establece la equivalencia de Agente de la Escala Básica de los Cuerpos de Policía Local de Cataluña al título de Técnico correspondiente a la formación profesional del sistema educativo.

e)?Orden ECD/854/2014, de 21 de mayo, por la que se regula la equivalencia de Agente de la Escala Básica de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha al título de Técnico correspondiente a la formación profesional del sistema educativo.

 

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