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Extremadura reduce el IRPF autonómico y suprime el Impuesto sobre Patrimonio, entre otras medidas fiscales.
Extremadura ha publicado una serie de medidas fiscales en relación con las principales figuras impositivas sobre las puede ejercer competencias normativas.
Mediante el Decreto-Ley 4/2023, de 12 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes, se amplían las ayudas al acogimiento familiar, se incrementan las ayudas a los nuevos autónomos y se conceden ayudas directas a los productores de cerezas, la comunidad autónoma de Extremadura pretende incrementar la renta disponible de los contribuyentes con un paquete de medidas tributarias que afectan a las principales figuras impositivas sobre las que la Comunidad Autónoma puede ejercer competencias normativas. El Decreto-Ley 4/2023, de 12 de septiembre, entra en vigor hoy, 15 de septiembre de 2023. Sin embargo, las medidas adoptadas en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto sobre el Patrimonio, surtirán efectos desde el 1 de enero de 2023, por tanto, serán aplicables en la declaración de la renta de 2023, que se presentará entre los meses de marzo a junio de 2024.
Entre estas medidas ha rebajado los primeros tramos de la escala autonómica del IRPF. De forma que las rentas más bajas tributarán menos.
En IRPF también se aumenta del 5 % al 30 % la deducción autonómica por arrendamiento de vivienda habitual, incrementado también el límite de dicha deducción de 300 a 1.000 euros. En el caso de arrendamiento en de vivienda habitual en el medio rural, el límite será de 1.500 euros. Además, se facilita el acceso a esta deducción al incrementarse el límite de las bases imponibles general y del ahorro que permiten aplicarla.
En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, Extremadura introduce una bonificación general, de forma tal que con posterioridad a las deducciones y bonificaciones reguladas por la normativa del Estado se aplicará, sobre la cuota resultante, una bonificación autonómica del 100 % de dicha cuota si esta es positiva.
Además, respecto de las bonificaciones y tipos de gravamen para 2024, en el citado Decreto-Ley, Extremadura establece que durante el ejercicio 2024 se aplicarán las mismas bonificaciones en materia de tasas y precios públicos, el mismo tipo de gravamen reducido en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados para la adquisición de viviendas medias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y la misma bonificación del canon de saneamiento que se prevén en las disposiciones adicionales primera, segunda y tercera de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
Por último, el citado Decreto-Ley 4/2023, de 12 de septiembre, deroga tanto el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, regulado en el artículo 65 del Texto Refundido de las disposiciones legales en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril como el Impuesto sobre las viviendas vacías a los grandes tenedores de la Ley 11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura.
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