Última revisión
Finaliza la dispensa del uso de las togas en los juzgados
Con la declaración de la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, publicada el 5 de julio de 2023, finaliza también la dispensa del uso de las togas en los juzgados.
Tras la aprobación el pasado miércoles 4 de julio en el Consejo de Ministros, el Gobierno ha publicado en el BOE la declaración de fin de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la pandemia y el fin de las medidas extraordinarias adoptadas para combatirla. Esta decisión supone la vuelta a la obligatoriedad de la utilización de togas en los juzgados, que habían quedado exentos tras la publicación de la Ley 3/2020 de 18 de septiembre de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19.
En el artículo 17 de la citada ley se estableció una dispensa para la utilización de togas en las audiencias públicas hasta el 20 de junio de 2021, pero tras la solicitud del Consejo General de la Abogacía esa exención se amplió hasta que desaparecieran todas las restricciones impuestas como consecuencia de la pandemia.
Por ello, con el fin de la crisis sanitaria y el inicio de una nueva etapa de normalización, los abogados y abogadas deberán volver a acudir a los juzgados con toga, como medida que garantiza la solemnidad de la actuación de los profesionales del derecho.
Fuente: Consejo General de la Abogacía Española
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