Última revisión
21/09/2015
El Real Decreto-ley 10/2015, amplía hasta el 31/01/2016 el disfrute de los permisos por asuntos particulares y vacaciones que, hasta la fecha, se extendía al 15 de enero, y permite recuperar a los empleados públicos los seis días de libre disposición (moscosos), días adicionales de vacaciones y días de antigüedad de los que disponían antes de las medidas contra el déficit del RDL 12/2012.
Como se adelantó en nuestra noticia del 12/09/2015, el RD-Ley 10/2015 de 11 de Sep, ha reestablecido el sexto día de permiso por asuntos particulares eliminados en 2.013 por el RD-Ley 20/2012 de 13 de Jul, junto con distintas modificaciones sobre los permisos de los funcionarios públicos y los días adicionales de vacaciones en relación con la antigüedad.
Para aclara la aplicación de la nueva regulación, la Dirección General de la Función Pública se ha reunido con los representantes de los sindicatos de la Administración General del Estado informándoles de la adaptación de la normativa en materia de jornada y horarios a la nueva regulación (ya en vigor desde el 12 de septiembre de 2015) y que modifica la resolución de la Secretaría de Estado de las Administraciones Públicas (SEAP).
La nueva regulación implica:
- Un incremento en el número de días de permiso por asuntos particulares hasta un máximo de seis.
- Cada administración puede añadir dos días de asuntos particulares al cumplir el sexto trienio y un día adicional para cada trienio cumplido a partir del octavo.
- Cada administración podrá añadir hasta un máximo de cuatro días adicionales en función del tiempo de servicios prestados por los funcionarios públicos. En el caso de la Administración del Estado, el disfrute de dichos días se regula a los 15, 20, 25 y 30 años de servicio.
Los días adicionales de permiso y vacaciones se podrán disfrutar –por los funcionarios del Estado- desde el día siguiente al del cumplimiento de los correspondientes trienios o años de servicio.
Normativa
- RD-Ley 10/2015 de 11 de Sep.
- 15, 20, 25 y 30 años de servicio.
