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Última revisión
13/03/2017

Galicia. Ayudas para la promoción de los autónomos y la contratación indefinida de personas asalariadas por parte de ese colectivo.

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Materias: laboral

Fecha: 13/03/2017

Galicia. Ayudas para la promoción de los autónomos y la contratación indefinida de personas asalariadas por parte de ese colectivo.
Galicia. Ayudas para la promoción de los autónomos y la contratación indefinida de personas asalariadas por parte de ese colectivo.

Como adelantamos en nuestra noticia del 10/02/2017 el Gobierno gallego ha aprobado una nueva línea de incentivos para estimular o reorientar la actividad de los trabajadores por cuenta propia. Entre las medidas más destacadas constan triplicar el período de vigencia de la tarifa plana para autónomos (a los seis meses con una cotización de 50 euros se añadirían 12 meses más) y extender hasta las 32 semanas los permisos bonificados de natalidad y paternidad de este colectivo.

Los dos programas de ayudas se han concretado de la siguiente forma:

I.-  Programa I. Promoción del empleo autónomo

– El Programa I, de promoción del empleo autónomo, estará cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y tiene como objetivos:  «Promover la sostenibilidad y la calidad y el empleo y favorecer la movilidad laboral»; «Promover el trabajo por cuenta propia, el espíritu emprendedor y la creación de empresas, incluyendo las microempresas y las pequeñas y medianas empresas innovadoras» y «Aumentar las competencias emprendedoras e incrementar el número de empresas e iniciativas de trabajo por cuenta propia sostenibles creadas, facilitando su financiación y mejorando la calidad y eficiencia de los servicios de apoyo y de consolidación».

Objeto

Tiene por objeto la concesión de una ayuda económica a aquellas personas desempleadas que pretendan desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, para hacer frente a los distintos gastos generados en el comienzo de su actividad laboral.

Beneficiarios/as

Serán beneficiarias aquellas personas que causen alta en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional, entre el 1 de octubre de 2016 y el 30 de septiembre de 2017, ambos inclusive, como titulares o cotitulares del negocio o explotación.

Plazo

El plazo general de presentación de solicitudes de todos los tipos de ayudas del programa regulado en esta orden finalizará el 30 de septiembre de 2017.

II.- Programa II. Programa de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas

– El Programa II, de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas, se financiará a través de fondos finalistas, al tratarse de acciones elegibles de acuerdo con el Plan anual de política de empleo (PAPE).

Objeto

Tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar, para el año 2017, los incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas realizadas por personas trabajadoras autónomas o personas profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia.

Beneficiarios/as

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en la orden las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la primera contratación que realicen con carácter indefinido durante su primer año de actividad y por la segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido en los tres primeros años de actividad.

Plazo

  • a) Las solicitudes de ayudas por las contrataciones subvencionables realizadas entre el 1 de octubre de 2016 y la fecha de publicación de esta orden deberán presentarse en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la orden. Se entenderá como último día de plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación y, si en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.
  • b) Las ayudas previstas por las contrataciones subvencionables realizadas desde la entrada en vigor de esta orden deberán solicitarse hasta el último día del segundo mes siguiente a la fecha en que se inicie la relación laboral indefinida por la que se solicita subvención. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
  • c) El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas finalizará el 30 de septiembre de 2017, aunque en esa fecha no hubiese transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior.

Procedimiento de concesión (común para ambos programas)

En cuanto al procedimiento de concesión se realiza por la comprobación de la concurrencia en la persona solicitante de los requisitos establecidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario. Habida cuenta del volumen de solicitudes presentadas en los últimos años y con el objetivo de que el presupuesto asignado a este programa sea más equilibrado con base en el nivel de personas desempleadas que hay en cada provincia, en la orden publicada se hace una distribución provincial del crédito en función de la tasa de desempleo según los datos de paro registrado en el Servicio Público de Empleo de Galicia a nivel provincial a 31 de diciembre de 2016. En el supuesto de que el crédito asignado a una provincia sea superior al número de solicitudes presentadas de manera que exista remanente presupuestario, se procederá a realizar un reparto proporcional de éste entre las provincias restantes.

Normativa

ORDEN de 7 de febrero de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la promoción y consolidación del empleo autónomo a través del Programa I, de ayudas a la promoción de empleo autónomo, cofinanciado parcialmente con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y el Programa II, de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas, y se convocan para el año 2017.

EXTRACTO de la Orden de 7 de febrero de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la promoción y consolidación del empleo autónomo a través del Programa I, de ayudas a la promoción del empleo autónomo, cofinanciado parcialmente con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y el Programa II, de ayudas a las personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas, y se convocan para el año 2017.

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