Última revisión
01/01/2003
Las empresas tendrán dos meses más para liquidar e ingresar los conceptos salariales que son computables a la base de cotización desde el pasado diciembre.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha anunciado que las empresas tendrán dos meses más para liquidar e ingresar los conceptos salariales que son computables a la base de cotización desde el pasado diciembre, que corresponde, entre otros, a vales de comida, de guardería, ayudas al transporte, planes de pensiones, acciones o participaciones en la compañía.
En concreto, las nueva cuotas generadas entre la fecha de entrada en vigor de la norma, el 22 de diciembre pasado, y el 31 de marzo de 2014, ?podrán ser objeto de liquidación complementaria e ingreso, sin aplicación de recargo o interés alguno, hasta el 31 de julio de 2014?. Así lo recoge la resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social que se publicará en los próximos días en el BOE.
De esta forma, el Ejecutivo responde a las numerosas peticiones recibidas los pasados meses de distintas empresas y sectores reclamando más tiempo para ponerse al día con estas nuevas cuotas, sin ser penalizados por retrasos en el pago.
El Ministerio de Empleo aprobó este incremento de las bases de cotización en un Real Decreto el pasado 20 de diciembre, en vísperas de las vacaciones navideñas. Así, la fecha y la forma de aprobar esta medida supusieron que muchas compañías no fueran conscientes hasta pasados unos días o incluso semanas del incremento de costes que les supondría la medida. La práctica totalidad del salario en especie que pagaban a sus trabajadores (con la excepción de las dietas de viajes y algunas indemnizaciones) se encarecía para el empresario alrededor de un 30%.
Por ello, los responsables de la Seguridad Social pensaron desde el principio en dar un margen a los empresarios para que se pusieran al día con los nuevos pagos. Así la norma estableció que dicha regularización de las cuotas generadas desde el 22 de diciembre podría hacerse hasta el 31 de marzo de 2014.
Si bien el 23 de enero, tras anunciarlo el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, la Tesorería General de la Seguridad Social dictó una resolución que ampliaba, hasta el 31 de mayo, la liquidación y pago de las nuevas cotizaciones del salario en especie generadas entre el 22 de diciembre y el 31 de marzo.
Ahora, estos mismos responsables han decidido ampliar este plazo de regularización dos meses más para ?tratar de facilitar la liquidación e ingreso de la cotización correspondiente a las primeras mensualidades afectadas por la modificación legal?, indica la resolución ministerial.
No obstante, este no será el último retoque legal que sufre la medida, ya que aún está pendiente de aprobación el reglamento que la desarrolla. A pesar de que numerosos sectores afectados como el de los vales de comida o los planes de pensiones han presionado a Empleo para que suavizara esta norma, fuentes del Departamento aseguran que dicho reglamento solo recogerá ajustes técnicos pero no eximirá de los nuevos plazos a ninguna empresa.
