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Última revisión
14/07/2014

El Ejecutivo ha escuchado las recomendaciones de distintos organismos y ha introducido una serie de cambios en el proyecto de ley con el fin de ?garantizar su constitucionalidad?.

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Fecha: 14/07/2014

El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, con varias modificaciones

 

 

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana con varias modificaciones respecto al anteproyecto inicial aprobado en noviembre, tras recomendaciones de distintos organismos para garantizar su constitucional, según ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.

Tras haber pasado el dictamen de los órganos consultivos, como el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Consejo de Estado o la Agencia de Protección de Datos, y previa consulta a organizaciones como Amnistía Internacional o Greenpeace, el proyecto de Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana se someterá ahora a debate de los grupos parlamentarios.

Sáenz de Santamaría ha destacado la incorporación de sugerencias de esas entidades y ha subrayado que el texto está en consonancia con la reforma del Código Penal, de tal manera que algunos delitos y faltas han pasado a tener una sanción menor de naturaleza administrativa.

La ley de Seguridad Ciudadana inició su andadura con gran polémica por las sanciones que atribuía a numerosas conductas, dividiéndolas entre faltas muy graves (sancionadas con multas de entre 30.001 euros y 600.000 euros), graves (entre 30.000 y 1.000 euros) o leves (con multa de entre 100 y 1.000 euros), por lo que popularmente fue bautizado como "ley mordaza".

Así, la nueva norma, que supondrá la derogación de la denominada como 'Ley Corcuera' de 1992, contará con 55 artículos y nuevas infracciones repartidas entre infracciones leves, graves y muy graves. Esta normativa se crea en paralelo a la reforma del Código Penal en la que desaparecen las faltas dividiendo las conductas punibles en delitos e infracciones Administrativas. De estas últimas se encargará esta nueva Ley de Seguridad Ciudadana.

 

Según el Gobierno, la nueva normativa pretende "garantizar las mejores condiciones para la seguridad ciudadana, con un absoluto respeto a la libertad y con una total seguridad jurídica".

El ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, ha explicado que se han asumido todas las observaciones esenciales que se han formulado para lograr el objetivo de "garantizar las mejores condiciones para la seguridad ciudadana, con un absoluto respeto a la libertad y con una total seguridad jurídica".

El ministro ha asegurado además que la ley cuenta con todas las garantías en cuanto a su constitucionalidad y con un escrupuloso respeto a los derechos fundamentales y libertades públicas.

 

Se prohíbe por ley las identificaciones policiales por razón étnica

El Gobierno prohíbe por primera vez por ley las redadas policiales indiscriminadas o por razones étnicas, regula los cacheos y fija que el traslado y estancia en comisaría para la identificación de personas no supere el plazo máximo de seis horas. "Por primera vez una norma con rango de ley prohíbe que se hagan identificaciones indiscriminadas o por perfiles étnicos", ha destacado Fernández Díaz, quien ha recordado que circulares policiales ya impedían estas prácticas.

El titular de Interior ha defendido que la identificación de las personas por los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado deberá respetar "los principios de no discriminación y proporcionalidad".

 

Derecho de reunión y manifestación

Respecto a las manifestaciones, el ministro ha dejado claro que el nuevo texto no modifica "para nada" la legislación actual sobre el derecho de reunión y manifestación y rebaja de grave a leve las que se desarrollen sin haber sido comunicadas ante el Congreso, el Senado o los parlamentos autonómicos.

Pero si además de no ser comunicadas, se perturba gravemente el orden público, se considerará una infracción grave.

El proyecto no trata de sancionar más, sino con mayores garantías y menor discrecionalidad, ha destacado Fernández Díaz sobre el proyecto, dividido en cinco capítulos, el último de ellos dedicado al régimen sancionador de infracciones muy graves -se tipifican cuatro respecto a las 21 previstas en el primer borrador de Interior-, graves (26 frente a las 31 iniciales) y leves (7, trece más).

 

Traslado a dependencias policiales para la identificación de personas

Entre las principales novedades incorporadas respecto al anteproyecto, Fernández Díaz ha subrayado la regulación de los supuestos excepcionales de traslado a dependencias policiales para identificación de personas.

Una diligencia, ha enfatizado, que sólo se practicará cuando no sea posible identificar a alguien por medios físicos o telemáticos y siempre "por el tiempo estrictamente necesario", que no podrá superar las seis horas, tal y como había solicitado el Consejo de Estado en su dictamen sobre el anteproyecto.

Además, los miembros de las fuerzas de seguridad del Estado deberán expedir un "volante acreditativo" del tiempo de permanencia en dependencias policiales.

Fernández Díaz también ha destacado como novedad el artículo 20, en el que se regula por primera vez la práctica de los registros corporales externos, más conocidos como cacheos, y que estarán sometidos a los principios de "no discriminación e injerencia mínima".

 

Régimen sancionador

Respecto al régimen sancionador, las infracciones muy graves estarán multadas con entre 30.000 y 600.000 euros; las graves, con entre 1.000 y 30.000 euros, y las leves, con multas 100 a 1.000 euros, las mismas cantidades hasta ahora vigentes.

Precisamente, otra de las novedades respecto al primer borrador es la división de las sanciones muy graves y graves en grados máximo, medio y mínimo.

Como norma general se impondrá la multa en el grado más leve, en el medio cuando concurra al menos una circunstancia agravante como reincidencia y en grado máximo únicamente cuando los hechos revistan especial gravedad.

Además, dentro de cada grado se individualizará la sanción con criterios recogidos en la ley, entre los cuales figurará la capacidad económica del infractor.

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