Hacienda no concederá un aplazamiento de la entrada en vigor del SII previsto pa...óximo día 1 de julio
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Hacienda no concederá un ...1 de julio

Última revisión
27/06/2017

Hacienda no concederá un aplazamiento de la entrada en vigor del SII previsto para el próximo día 1 de julio

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Materias: fiscal

Fecha: 27/06/2017

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El próximo sábado 1 de julio se pondrá en marcha el SII, Suministro Inmediato de Información de IVA, como un nuevo sistema de gestión en tiempo real del IVA.

No habrá prórroga en su entrada en vigor. Hacienda desoye a los empresarios que habían solicitado a través de una carta emitida por la CEOE el pasado 5 de junio la posibilidad de que se aplazase esta entrada en vigor hasta el mes de octubre, para que las empresas que no hubiesen podido adaptar sus sistemas informáticos contasen con unos meses adicionales.

A través del SII, las empresas con una facturación anual superior a los 6 millones de euros, grupos de IVA y las empresas acogidas al Redeme (Régimen devolución mensual) tendrán que enviar a Hacienda las facturas emitidas y recibidas en un plazo de 8 días naturales. (a partir del 1 de enero de 2018, el plazo se reducirá a la mitad, 4 días naturales) (*)

Desde la CEOE se prevé que un gran porcentaje de empresas no vayan a estar listas para la puesta en marcha de este nuevo sistema, y tarden unos meses en estarlo. Achacan este retraso a la tardía publicación en el BOE de la L-25160118, publicado el 15 de mayo, sin el cual las empresas no sabían el procedimiento a seguir para adaptar sus sistemas informáticos.

?La adaptación de los sistemas informáticos ya es compleja para las grandes empresas, porque el SII implica tocar muchos procesos, no solo de facturación, también hay que destinar personal para la supervisión. Y en las firmas pequeñas, que no tienen medios ni plantilla suficiente para hacerlo, aún se complica más. Eso, en lo que respecta a las causas internas que están retrasando la adaptación.?

Una de las mayores preocupaciones de las empresas son las sanciones que puede acarrear no presentar la información en tiempo y forma, que oscilarán entre los 300 y los 6.000 euros al trimestre.

(*) Por disposición del artículo 69 bis del RIVA, a efectos del cómputo del plazo de 4 u 8 días naturales, se excluirán los sábados, los domingos y los declarados festivos nacionales.

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