Hacienda publica el listado de deudores

Última revisión
03/07/2023

Hacienda publica el listado de deudores

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Materias: fiscal

Fecha: 03/07/2023

La Agencia Estatal de Administración Tributaria  ha publicado el listado de aquellos deudores a la Hacienda Pública que, de acuerdo al artículo 95 bis de la Ley General Tributaria, superen los 600.000 euros por deudas y sanciones tributarias pendientes de pago.

Hacienda publica el listado de deudores

 

En la página web de la AEAT se ha publicado el listado de deudores a la hacienda pública, de conformidad con los dispuesto en el artículo 95 bis de la Ley General Tributaria.

El listado puede consultarse en la siguiente dirección electrónica de la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/NoIx/Listado_deudores.pdf

El artículo 95 bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, establece que la Administración tributaria publicará periódicamente los listados de deudores a la Hacienda Pública, incluyendo en estos aquellos que tengan la condición de deudores al haber sido declarados responsables solidarios. En este listado se incluyen a aquellos deudores cuyo importe total de las deudas y sanciones tributarias pendientes de ingreso supera el importe de 600.000 euros, y siempre que dichas deudas o sanciones tributarias no hubiesen sido pagadas transcurrido el plazo original de ingreso en periodo voluntario.

Sin embargo, no se incluirán en el listado aquellas deudas o sanciones que se encuentren aplazadas o suspendidas.

El listado publicado incluye la siguiente información:

  • La identificación de los deudores conforme al siguiente detalle:
    • Personas Físicas: nombre apellidos y NIF.
    • Personas Jurídicas y entidades del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria: razón o denominación social completa y NIF.
  • El importe conjunto de las deudas y sanciones pendientes de pago tenidas en cuenta a efectos de la publicación.

La situación reflejada en el listado de deudores es la existente a 31 de diciembre de 2022, con independencia de cuál sea la cantidad efectivamente adeudada por los obligados tributarios que constan en el listado a la fecha de la publicación de mismo.

La publicación del listado se realiza por medios electrónicos, adoptando las medidas necesarias para impedir la indexación de su contenido a través de motores de búsqueda en Internet. Los listados dejarán de ser accesibles una vez transcurridos tres meses desde la fecha de publicación.

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