Última revisión
Incremento salarial y remuneración mínima bruta del sector de la construcción en 2018.
Entre los incrementos económicos que afectarán a más de 800.000 trabajadores englobados en el sector de la construcción en nuestro país, se ha aprobado un incremento del 2 por ciento con efectos desde el día 1 de enero de 2018 sobre las cantidades establecidas para 2017 en el
Para establecer la tabla de remuneración mínima bruta anual para el año 2018 se ha partido de la tabla del año 2017, añadiéndole un 2 por ciento y siendo aplicable desde el 1 de enero del año 2018; una vez realizado el cálculo resulta la siguiente tabla:
Nivel | Año 2017 | Año 2018 | % de incremento |
Nivel XII | 15.916,21 | 16.234,53 | 2 |
Nivel XI | 16.154,95 | 16.478,05 | 2 |
Nivel X | 16.397,27 | 16.725,21 | 2 |
Nivel IX | 16.643,22 | 16.976,09 | 2 |
Nivel VIII | 16.892,86 | 17.230,72 | 2 |
Nivel VII | 17.146,24 | 17.489,17 | 2 |
Nivel VI | 17.403,43 | 17.751,50 | 2 |
Nivel V | 17.664,48 | 18.017,77 | 2 |
Nivel IV | 17.929,45 | 18.288,04 | 2 |
Nivel III | 18.198,37 | 18.562,34 | 2 |
Nivel II | 18.471,35 | 18.840,77 | 2 |
Determinación de la remuneración que deberá trasladarse a las tablas de los respectivos Convenios Provinciales
A los efectos de que este incremento resulte efectivo, las tablas salariales de los Convenios Provinciales deberán actualizarse en todo caso durante el año 2018, y preferiblemente antes del 30 de junio de 2018.
En el supuesto de que lo anterior no se haga efectivo, la Comisión Paritaria del VI CGSC podrá, previa solicitud de una parte firmante del Convenio Provincial afectado y en ejercicio de lo dispuesto en el
- C-25394624
Resolucion de 21 de diciembre de 2017, de la Direccion General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo sobre el incremento salarial y la remuneracion minima bruta anual para el año 2018 del VI Convenio colectivo general del sector de la construccion .