Última revisión
15/12/2014
El nuevo protocolo de actuación policial expresa, entre otras medidas, los indicios que los agentes deben hacer constar en sus atestados, cómo tendrán que contactar ?directamente? con el fiscal especial para estos asuntos y cómo habrán de dar protección integral a las víctimas e incide en los ataques e insultos producidos en las nuevas tecnologías de la información consistentes, principalmente, en mensajes antisemitas, xenófobos, homófonos, racistas e intolerantes.

El nuevo modus operandi establece el conjunto de indicios a recopilar e incorporar a los atestados policiales, con el objetivo de dotar a fiscales y jueces de los suficientes indicios racionales de criminalidad que faciliten formular cargos de imputación o condenas. La concurrencia de factores será suficiente para dirigir la investigación y revelar motivaciones racistas, xenófobas o de otra naturaleza.
Así, cualquier conocimiento de posible delito de odio, será informado de forma directa al fiscal especial para la Tutela Penal de la Igualdad y contra la Discriminación de su provincia y le facilitará toda la información relacionada con hechos de estas características.
Además, los investigadores deberán valorar los perjuicios causados, el riesgo de reiteración o la situación personal para determinar sus necesidades especiales de protección. Asimismo, se respetarán plenamente la integridad física, psíquica y moral, seguridad, libertad e indemnidad sexual, intimidad y dignidad de sus familiares. De tratarse de víctimas con discapacidad o menores de edad, se adoptarán las medidas necesarias para evitar mayores perjuicios.
Por otro lado, se establecen las instrucciones a seguir en relación a la violencia en el deporte. Por ello, antes de la celebración de espectáculos deportivos, se analizará los mensajes que se difundan por cualquier medio y que inciten a la violencia, odio o discriminación e investigar los insultos y difamaciones públicas que se produzcan en estos acontecimientos contra personas por su etnia, lengua, religión, nacionalidad u origen nacional.
Se crea la figura del “interlocutor social”, para “mantener estrechos contactos con los representantes de la sociedad civil”, además de servir de cauce de comunicación de las inquietudes que las diferentes ONG le puedan presentar.
Interior fomentará reuniones periódicas con las diferentes asociaciones representativas de los colectivos que puedan ser víctimas de delitos de odio y pretende crear parámetros, dentro del Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC), para recoger mejor los datos sobre víctimas, delitos y autores. En conclusión, se busca el “especial cuidado en su cumplimentación”, clarificando si se trata de un ataque de tipo racista o xenófobo, orientación sexual, creencias religiosas o discapacidad o estado de marginación de la víctima.
Durante el año 2013, las fuerzas de seguridad tuvieron conocimiento de 1.172 delitos de odio. De los mismos, 452 se relacionaron con la orientación sexual de la víctima, seguidos de los incidentes de racismo y xenofobia, en 381 casos y la discapacidad con 290 delitos.
