Última revisión
08/09/2021
La ITSS reanuda los plazos tras el incidente de ciberseguridad del Ministerio de Trabajo

Como es sabido el pasado 9 de junio de 2021 se registró un incidente de ciberseguridad en el ámbito del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social que afectaba al funcionamiento de los sistemas de información y aplicaciones informáticas del Organismo, y los equipos informáticos, lo que implicó la paralización tanto a las actuaciones comprobatorias, como a la adopción de las medidas derivadas de la actuación inspectora establecidas en la Ley 23/2015, de 21 de julio, ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y la tramitación e instrucción de los procedimientos sancionadores y liquidatorios en el Orden Social.
En aplicación de lo establecido en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (norma que prevé la ampliación de plazos y términos en el ámbito de actuación de las Administraciones Públicas, ante la existencia de una incidencia técnica), el Director del organismo Inspección de Trabajo y Seguridad Social publicó en la Sede electrónica una resolución sobre ampliación de plazos en el ámbito de actuación y funcionamiento de la Inspección (Resolución de 16/06/2021) de forma que se amplió por un periodo equivalente al de la duración de la incidencia técnica que impide el normal funcionamiento de los sistemas y aplicaciones informáticas del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, los plazos no vencidos a la fecha de esta resolución que se indican a continuación:
a) Los plazos de duración e interrupción de las actuaciones comprobatorias previstos en el artículo 21.4 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, y en el artículo 8.2 del Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto
928/1998, de 14 de mayo.
b) Los plazos relativos a los distintos trámites y para resolver y notificar la resolución de los procedimientos sancionadores regulados en el Reglamento general sobre procedimientos para
la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, cuya competencia para resolver recaiga sobre el Organismo estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
c) Cualesquiera otros procedimientos distintos de los anteriores, en los cuales el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social ostente la competencia resolutoria.
Una vez solucionada la incidencia técnica, mediante nueva resolución (02/09/2021) se ha fijado el restablecimiento de las actuaciones el 31 de agosto de 2021, pasando a entender ampliados los plazos máximos de las actuaciones, trámites y procedimientos de la siguiente forma (conforme a las reglas del art. 30 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre):
«- en el supuesto de plazos fijados en meses, la ampliación se entenderá por el total de días hábiles comprendidos entre el 16 de junio y el 31 de agosto de 2021, ambos inclusive (en total, 77 días).
«- en el supuesto de plazos fijados en días, la ampliación se entenderá por el total de días hábiles comprendidos entre el 16 de junio y el 31 de agosto de 2021, ambos inclusive».
