Última revisión
10/12/2014
Entiende que se trata de ?una actividad que infringe las normas jurídicas de manera muy evidente en un sector regulado? y extiende la medida a toda España por ?la naturaleza del servicio mercantil que presta Uber, su vocación transfronteriza, su voluntad de ocupar de manera secuencial el mercado de transporte de viajeros sin reunir de momento los requisitos administrativos exigidos? y aclara que la empresa no cumple los requisitos relacionados con las licencias de transporte público y tarifas y

Así, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ordenó este martes de forma cautelar el cese y la prohibición a nivel nacional de Uber, la plataforma que permite ofrecer a través de una aplicación para móviles y tabletas un coche particular como alternativa al taxi tradicional, estimando la demanda presentada por la Asociación Madrileña del Taxi el pasado 7 de octubre.
En este sentido, ordena “la cesación en todo el territorio nacional de la presentación y adjudicación del servicio de transporte de viajeros bajo la denominación UberPop”, que se ofrece tanto en su página web como a través de su aplicación móvil, e insta a las principales operadoras de telecomunicaciones a que “suspendan la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a las redes o la prestación de cualquier otro servicio equivalente” respecto a Uber, así como la suspensión de las operaciones relacionadas con la compañía
Además, fija un aval de 10.000 euros que deberá ser depositado por los taxistas en los tres días siguientes a la publicación del fallo para que las medidas sean efectivas
Por otro lado, señala que la estructura empresarial de la empresa “desarrolla su actividad desde el paraíso fiscal estadounidense de Delaware, y se presenta, según los notorios medios de comunicación, con una deliberada vocación de opacidad” que “podría suponer una facilidad para situarse al margen de las leyes españolas y europeas”.
Las medidas cautelares son aducidas, según el juzgado, por “la fluidez del mercado por Internet, la velocidad de comunicación del sistema de Uber, empresa participada por el gigante Google, la ubicación en el paraíso fiscal señalado”, e incrementando la competencia desleal con los taxistas. No obstante, señala el fallo que a decisión rehúye “un debate entre la libertad y la economía cooperativa frente a las regulaciones e intervencionismo administrativo”, que excede el alcance de una decisión judicial.
Como consecuencia, la empresa ha señalado, mediante un comunicado, que “seguirá estando disponible para los usuarios en España”. Además, entiende el procedimiento judicial como “altamente inusual” e “incompatible” con el “amplio reconocimiento político” en España y la Unión Europea a los beneficios de “la economía colaborativa, especialmente en un momento de alto desempleo y de recuperación económica delicada”.
