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Última revisión
26/05/2026

La AEAT modifica la organización de su Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales

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Materias: fiscal

Fecha: 26/05/2026

La Resolución de 11 de mayo de 2026, de la Presidencia de la AEAT, rediseña la organización de distintas unidades encargadas de labores de comunicación, en línea con la estrategia de comunicación de la Agencia Tributaria.

La AEAT reorganiza las funciones del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales

 

El BOE del 25 de mayo de 2026 se publicaba la Resolución de 11 de mayo de 2026, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 5 de febrero de 2024, sobre organización y atribución de funciones en el ámbito de competencias del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales.

La modificación responde a que el Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2024-2027 establece como uno de los ejes vertebradores de actuación el desarrollo de la estrategia y del modelo de comunicación institucional. La importancia otorgada a las labores de comunicación supone, según índice el preámbulo de la resolución, la necesidad de rediseñar la organización de las diferentes unidades encargadas de la materia.

En línea con la estrategia de comunicación de la Agencia Tributaria y con el objeto de que exista una más ágil interlocución con la Dirección General, se ha considerado necesario que la Unidad de Coordinación de Contenidos de la Sede electrónica y de la Intranet pase a estar adscrita al Gabinete de la misma. Sin perjuicio de ello, algunas de las funciones desarrolladas por esta Unidad se mantienen en el Servicio, siendo preciso articular los cambios a través de esta nueva resolución.

Entrada en vigor

La resolución entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE, es decir, el 26 de mayo de 2026.

Principales modificaciones

  • Funciones del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales. Entre las funciones de información y asistencia que corresponden a este servicios, se incluye la propuesta del catálogo de servicios de asistencia, la integración de la planificación, y el establecimiento y seguimiento de los indicadores correspondientes a los servicios de información y asistencia de todas las áreas, prestados a los ciudadanos a través de cualquier canal.
  • Subdirección General de Planificación y de Coordinación de la Información y Asistencia. Se modifica el apartado Tercero.1 relativo a sus funciones. En ese sentido, y como novedades, se establece que le corresponde, no solo la coordinación y el desarrollo de la planificación estratégica y operativa de la Agencia Tributaria, sino también el seguimiento. Asimismo, en relación con las funciones de información y asistencia, le corresponderán, entre otras: la de elaborar el catálogo de servicios de asistencia; la coordinación e impulso de la implementación de la Administración electrónica y del Plan de Transformación Digital del Ministerio de Hacienda en todo aquello no atribuido expresamente a otros órganos; y la coordinación de los proyectos de organización y racionalización de los órganos centrales y territoriales de la Agencia Tributaria, que le sean encomendados por la Dirección General de la Agencia Tributaria.
  • Subdirección General de Comunicación Externa. Se modifica el apartado Cuarto de la resolución, en lo relativo a sus funciones. Las novedades que se introducen a este respecton son, básicamente, las siguientes:
    • Le corresponde la coordinación de las actuaciones a desarrollar en el ámbito de la Agencia Tributaria en relación con la aplicación de la normativa sobre transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y de reutilización de la información del sector público, sin perjuicio de las competencias que tengan legalmente encomendadas otros órganos en esta materia.
    • Deja de corresponderle la coordinación en materia de edición, actualización y mantenimiento permanente de los contenidos de la sede electrónica e intranet de la Agencia Tributaria.
    • Bajo su dependencia existirán las siguientes unidades: la Unidad de Cesión de Información y la Unidad de Transparencia, Derecho de Acceso y Reutilización de la información. En lugar de esta última, antes existían la primera y otras dos: la Unidad de Coordinación de Contenidos de la Sede electrónica y de la Intranet de la Agencia Tributaria, y la Área de Transparencia y Derecho de Acceso.
    • La Unidad de Transparencia, Derecho de Acceso y Reutilización de la información coordinará todas las actuaciones a desarrollar en la Agencia Tributaria por aplicación de la normativa sobre la materia.
  • Dependencias Regionales de Relaciones Institucionales. Se añade un apartado Quinto referido a ellas. Tendrán una sede principal en las Delegaciones Especiales de la Agencia Tributaria de Andalucía, Cataluña, Comunidad Valenciana, Madrid, Navarra y País Vasco; y podrán contar con otras sedes ubicadas en las Delegaciones de la Agencia Tributaria del ámbito territorial correspondiente.

Entre sus funciones se encuentran (entre otras) la gestión, tramitación y seguimiento de actuaciones derivadas de convenios de suministro e intercambio de información no tributaria con entidades locales; la ejecución y seguimiento de convenios con comunidades autónomas, entidades u organismos de derecho público dependientes de ellas y con Haciendas Forales; la tramitación de peticiones de información no estructurada de organismos de ámbito autonómico, provincial o municipal; o la coordinación de relaciones con asociaciones y colegios profesionales, notarios, registradores, Cámaras de Comercio o asociaciones empresariales. También asumirán funciones de coordinación con las unidades territoriales de la Inspección de Trabajo, la TGSS y demás organismos estatales en materia de cesión de información; participación en foros de empleo y actividades en universidades; desarrollo de actuaciones vinculadas al plan de educación cívico-tributaria; difusión de notas de prensa regionales y centralización de peticiones de los medios de comunicación; así como tareas de secretaría de los consejos territoriales para la dirección y coordinación de la gestión tributaria y de coordinación de expedientes con las Administraciones tributarias autonómicas.

Las Dependencias Regionales de Relaciones Institucionales del País Vasco y de Navarra desempeñarán además funciones específicas en relación con las Haciendas Forales, incluyendo el impulso, coordinación y seguimiento de procedimientos de remesas, la coordinación en solicitudes de comprobación del volumen de operaciones y en el intercambio de actas únicas, así como la relación con las Haciendas Forales y, en su caso, con las Juntas Arbitrales respecto a los conflictos que se planteen.

Alcance práctico de la resolución

La resolución reorganiza la distribución de funciones en el ámbito del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales, precisa el contenido funcional de diversas unidades de este ámbito y regula expresamente la estructura territorial, funciones y jefatura de las Dependencias Regionales de Relaciones Institucionales.

 

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