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La Comisión Europea propone un certificado de residencia fiscal digital común de la UE y otras acciones clave
La Comisión Europea ha propuesto nuevas normas para que los procedimientos de retención a cuenta en la Unión Europea sean más eficientes y seguros para los inversores, los intermediarios financieros y las administraciones tributarias de los Estados miembros. En particular, las acciones clave propuestas serían un certificado de residencia fiscal digital común de la UE, dos procedimientos acelerados que complementan el procedimiento normal de devolución existente y una obligación de notificación normalizada.
El pasado 19 de junio de 2023, la Comisión Europea propuso nuevas normas para mejorar la eficiencia y la seguridad de los procedimientos de retención a cuenta en la Unión Europea, tanto para los inversores como para los intermediarios financieros y las administraciones tributarias nacionales. La iniciativa es un elemento clave de la Comunicación sobre fiscalidad de las empresas para el siglo XXI y del Plan de acción de la Comisión para la unión de los mercados de capitales de 2020, que promoverá una fiscalidad más justa, combatirá el fraude fiscal y sustentará las inversiones transfronterizas en toda la UE.
Para evitar la doble imposición, numerosos Estados miembros han firmado convenios que evitan que una misma persona o empresa tribute dos veces. Permiten a un inversor transfronterizo presentar una solicitud de devolución por cualquier exceso de impuestos pagado en otro Estado miembro. Ahora bien, esos procedimientos de reembolso a menudo son largos, costosos y engorrosos, lo que desanima la inversión transfronteriza e internacional en la UE. Además, los procedimientos de retención a cuenta aplicados en cada Estado miembro son muy diferentes.
En esa medida, las acciones clave propuestas son las siguientes:
- Un certificado de residencia fiscal digital común de la UE, que hará que los procedimientos de reducción de la retención a cuenta sean más rápidos y eficientes. Por ejemplo, los inversores con una cartera diversificada en la UE solo necesitarán un certificado digital de residencia fiscal para reclamar varias devoluciones durante el mismo año civil. Dicho certificado deberá expedirse en el plazo de un día hábil a partir de la presentación de la solicitud. A día de hoy, la mayoría de los Estados miembros sigue recurriendo a procedimientos en papel.
- Dos procedimientos acelerados que complementan el procedimiento normal de devolución existente: uno de «reducción en origen» y otro sistema de «devolución rápida», con los que se busca que el proceso de reducción sea más rápido y armonizado en toda la UE. Los Estados miembros podrán decidir cuál utilizar y podrán combinar ambos:
- Con arreglo al procedimiento de «reducción en origen», el tipo impositivo aplicado en el momento del pago de dividendos o intereses se basa directamente en las normas aplicables de las disposiciones del convenio en materia de doble imposición.
- Con arreglo al procedimiento de «devolución rápida», el pago inicial se efectúa teniendo en cuenta el tipo de retención a cuenta del Estado miembro en el que se paguen los dividendos o intereses, pero la devolución de los impuestos pagados en exceso se concede en un plazo de 50 días a partir de la fecha de pago.
- Una obligación de notificación normalizada, que facilitará a las administraciones tributarias nacionales las herramientas necesarias para comprobar la admisibilidad del tipo reducido y detectar posibles abusos. Los intermediarios financieros certificados tendrán que notificar el pago de dividendos o intereses a la administración tributaria pertinente para que esta pueda rastrear la operación. En concreto, se exigirá a los grandes intermediarios financieros de la UE que se adhieran a un registro nacional de intermediarios financieros certificados. Este registro también estará abierto, con carácter voluntario, a los intermediarios financieros de fuera de la UE y de menor tamaño. Los contribuyentes que inviertan en la UE a través de intermediarios financieros certificados se beneficiarán de procedimientos acelerados de retención a cuenta y evitarán la doble imposición sobre los pagos de dividendos. Cuanto mayor sea el registro de intermediarios financieros, más fácil será para las autoridades tributarias tramitar las solicitudes de devolución, independientemente del procedimiento utilizado.
Una vez adoptada por los Estados miembros, la propuesta entrará en vigor el 1 de enero de 2027.
Fuente: Comunicado de prensa de 19 de junio de 2023 de la Comisión Europea.
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