La UE sanciona a Google c... Digitales

Última revisión
27/07/2026

La UE sanciona a Google con 890 millones de euros por vulnerar el Reglamento de Mercados Digitales

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Materias: administrativo

Fecha: 27/07/2026

Las sanciones penalizan a Google por dar preferencia a sus propios servicios en los resultados de búsqueda y por prohibir a los desarrolladores de aplicaciones dirigir a los usuarios a canales de compra distintos a Google Play.

La UE multa a Google por incumplir el Reglamento de Mercados Digitales

 

La Comisión Europea ha adoptado dos decisiones en las que aprecia el incumplimiento por parte de Google del Reglamento (UE) 2022/1925, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre, (conocido como Ley de Mercados Digitales), al considerar que la empresa favoreció deslealmente sus propios servicios en el buscador y restringió la libertad de los desarrolladores de aplicaciones en Google Play.

Autopreferencia en la Búsqueda de Google

El comunicado de la Comisión Europea recuerda que los guardianes de acceso no pueden tratar sus propios servicios de forma más favorable que los de terceros. La UE constató que Google daba un trato preferente a sus propios servicios —como compras, hoteles, transportes o resultados deportivos— en detrimento de servicios comparables de otros operadores.

Según la Comisión, solo los servicios de Google aparecerían destacados en la parte superior de la página de resultados, incluso con imágenes y filtros mejorados.

Restricciones en Google Play

La segunda decisión se refiere a las limitaciones impuestas a los desarrolladores de aplicaciones para informar gratuitamente a los usuarios sobre ofertas alternativas y dirigirlos a otros canales de contratación o compra. La Comisión entendió que las condiciones y tarifas aplicadas por Google iban más allá de lo compatible con el Reglamento (UE) 2022/1925, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre.

Obligación de cese y plazo de cumplimiento

Bruselas ha ordenado a Google poner fin a los incumplimientos en un plazo de 60 días, so pena de multas coercitivas de hasta el 5 % de su volumen de negocios mundial total. En concreto, la multinacional queda obligada a:

  • Dar un trato justo y no discriminatorio a los servicios de las demás empresas que aparezcan en los resultados de búsqueda.
  • Dejar que los desarrolladores de aplicaciones que operan en Google Play promocionen sus servicios y contraten con los usuarios por otras vías.

El cálculo de las multas atiende de forma proporcionada a la gravedad, a la duración y a la reincidencia en las infracciones. De todas maneras, las decisiones adoptadas pueden ser apeladas por Google.

Alcance práctico de las sanciones

Desde una perspectiva práctica, la actuación de la Comisión refuerza las exigencias de trato no discriminatorio en la presentación de resultados de búsqueda en internet y la libertad de los desarrolladores para comunicarse y contratar con los usuarios fuera de la plataforma de Google, anticipando un mayor control sobre las condiciones de acceso y visibilidad en los ecosistemas digitales.

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