Última revisión
Llega al Congreso la propuesta de multas de hasta 820.000 euros para morosos de autónomos y Pymes.
Como se había firmado en el pacto de investidura que Ciudadanos formalizó en su momento con el Partido Popular una de las reglamentaciones pendientes de ver la luz era la que permitiese reducir el periodo medio de pago tanto del sector público como privado (que actualmente tiene una media de los 71 días a los 77 respectivamente).
Entre las novedades que la proposición de ley del Grupo Ciudadanos ha planteado encontramos:
- - la consideración como infracción grave del exceso del plazo legal de pago en más de veinte días, con multas que irán desde los 2.046 euros hasta los 40.985 euros, en función del grado de gravedad
- - la consideración como infracción muy grave de aquellos pagos por encima de los sesenta días, en este caso con multas en su grado máximo, entre los 409.891 euros y 819.780 euros.
Sistema Arbitral de Morosidad
Otra de las medidas cuya implantación se debatirá es la puesta en marcha de un sistema de arbitraje que dirima los conflictos entre empresas en relación con los pagos.
En este caso tendremos que esperar al desarrollo reglamentario para conocer temas como la organización, gestión, administración y procedimiento de resolución de conflictos del Ente.
Publicación de las memorias de las cuentas anuales
Igualmente el proyecto pretende obligar a las empresas a la publicación de las memorias de sus cuentas anuales. Obligación que, en el caso de las sociedades mercantiles que coticen en bolsa, se extiende a la publicación en su propia página web.
Ejemplos de Infracciones
La Proposición de ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, contempla infracciones leves como "Pactar plazos de pago que excluyan del cómputo los periodos considerados vacacionales" o "El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley, cuando tales incumplimientos no se encuentren expresamente tipificados como infracciones graves o muy graves"; infracciones graves como "Exceder en más de veinte días el plazo de pago legal" o "No incluir en la memoria de sus cuentas anuales la información requerida conforme a la L-7923564-dt3 de la L-7923564"; y como Infracciones muy graves "Exceder en más de sesenta días el plazo de pago legal", "Falsear en la memoria de sus cuentas anuales","negativa en la colaboración con la autoridad inspectora" o "Falsificar las facturas, albaranes o cualquier otro documento aparejado a la operación comercial que permita determinar el cumplimiento de los plazos de pago."
Cuadro de sanciones
Las infracciones tipificadas en la Proposición de Ley se sancionarán, salvo cambios en trámite parlamentario, en los siguientes términos:
Infracción/Grado | Grado mínimo | Grado medio | Grado máximo |
Leves | De 60 a 405 euros | De 406 a 815 euros | De 816 a 2.045 euros |
Graves | De 2.046 a 8.195 | De 8.196 a 20.490 euros | De 20.491 a 40.985 |
Muy graves | De 40.986 a 163.955 euros | De 163.956 a 409.890 euros | De 409.891 euros a 819.780 euros |
Otras medidas solicitadas por pymes y autónomos
Siendo las pymes y autónomos los más afectadas por la morosidad y los retrasos en los pagos, las nuevas medidas, si son aprobadas finalmente, se añadirán a las reivindicaciones de estos colectivos de medidas más contundentes que las establecidas en la L-2574408 y la creación de un buzón anónimo a través del cual los trabajadores autónomos puedan denunciar a los morosos o a las empresas y Administraciones Públicas que habitualmente incumplen los plazos de pago de las facturas legalmente establecidos.
Consulte aquí la Proposición de Ley de refuerzo de la lucha