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19/02/2015

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado en lo que va de año normas reguladoras de interes para el fomento de empleo dentro de la comunidad.

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Materias: laboral

Fecha: 19/02/2015

Madrid. Ayudas para fomento del empleo

La , establece en el artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.

PROGRAMA DE AYUDAS A TRABAJADORES QUE SE CONSTITUYAN POR CUENTA PROPIA O CONTRATEN A TRABAJADORES DESEMPLEADOS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Aprobadas las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa del programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia o contraten a trabajadores desempleados.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 31 de octubre de 2015.

  • ORDEN 32348/2014, de 29 de diciembre, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa, durante el año 2015, mediante tramitación anticipada, del programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia o contraten a trabajadores desempleados y se establece el plazo de presentación de solicitudes y el período subvencionable.
  • ACUERDO de 29 de diciembre de 2014, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la modificación de las normas reguladoras del programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia o contraten a trabajadores desempleados en el ámbito de la Comunidad de Madrid, aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 2 de octubre de 2014.

INSERCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD SEVERA

Una de las medidas que puede favorecer la inserción de las personas con discapacidad severa en el mercado de trabajo ordinario es el empleo con apoyo, regulado en el Real Decreto 870/2007, de 2 de julio. Este consiste en un conjunto de actividades de orientación y acompañamiento individualizado que prestan, en el propio puesto de trabajo, preparadores laborales especializados a los trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de inserción, que realizan su actividad en empresas del mercado ordinario de trabajo, en condiciones similares al resto de trabajadores.

Se convocan para el año 2015 las subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. Las bases reguladoras de estas subvenciones se encuentran recogidas en la Orden 4598/2010, de 23 de diciembre, modificada por la Orden 8073/2011, de 31 de diciembre.

  • ORDEN 23299/2014, de 21 de noviembre, de tramitación anticipada de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se convocan las subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en el año 2015.

FOMENTO DE LA INTEGRACIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO

Se publica la convocatoria para promover la integración laboral de los trabajadores con discapacidad en Centros Especiales de Empleo mediante la financiación de los costes salariales en una cuantía máxima equivalente al 50 por 100 del salario mínimo interprofesional vigente durante el período subvencionable o la parte proporcional del tiempo efectivamente trabajado.

  • ORDEN 22712/2014, de 18 de noviembre, de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, de tramitación anticipada, por la que se convocan subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en centros especiales de empleo con cargo al ejercicio de 2015.

PROYECTOS EN EL ÁREA DE ACOGIDA E INTEGRACIÓN SOCIAL Y LABORAL DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Se han aprobado las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, cofinanciadas parcialmente por el Fondo Social Europeo, a Instituciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos en el área de acogida, e integración social y laboral de la población inmigrante de la Comunidad de Madrid y sensibilización y fomento de la convivencia.

  • Orden 2556/2014, de 29 de diciembre, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, cofinanciadas parcialmente por el Fondo Social Europeo dentro del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid 2014-2020, a Instituciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos en el área de acogida e integración social y laboral de la población inmigrante de la Comunidad de Madrid y sensibilización y fomento de la convivencia, y se aprueba la convocatoria de dichas subvenciones para el año 2015.
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