Última revisión
07/02/2017
La comunidad de Madrid regula la figura del guía oficial de turismo mediante Decreto.

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado un decreto que regula la figura del guía oficial de turismo. A pesar de tener que esperar a la publicación oficial para conocer los por menores de la norma, por las noticias emanadas de la Comunidad de Madrid, quedará solucionada la falta de seguridad jurídica tanto para los guías como para los usuarios de los servicios de información turística. De esta manera:
- Se mantendrá la liberalización del sector.
- Se establecerá un examen oficial, preferiblemente con carácter anual, que constará de una parte oral y otra escrita y versarán sobre actividad turística, conocimientos históricos y culturales, geográficos, políticos y económicos de España, y muy especialmente de la Comunidad de Madrid, así como idioma o idiomas extranjeros hablados y escritos.
- En relación a los aspirantes a las pruebas de acceso para obtener una credencial personalizada como guía oficial de turismo de la Comunidad de Madrid, deberán:
- ser mayores de edad y disponer de nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea. No obstante, podrán acceder a las pruebas los extranjeros con residencia en España, en los términos que establezca la legislación de extranjería.
- estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: Grado, Máster Universitario oficial, titulación equivalente; Técnico superior en Guía, Información y Asistencia Turísticas; cualesquiera otros equivalentes u homologados a los anteriores. Además, tendrán dominio del español y de una o más lenguas extranjeras.
