Medidas fiscales en reforma de la Ley de Autónomos: Deducibilidad de los gastos de suministros y manutención
El título V de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ha introducido, con efectos de 1 de enero de 2018, varias modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con la finalidad de clarificar la deducibilidad de los gastos en los que incurren los autónomos en el ejercicio de su actividad. El Ministerio de Hacienda publica una Nota de Prensa para aclarar las principales novedades tributarias para los autónomos contenidas en la Ley 6/2017, de 24 de octubre.
- Materias: Fiscal
- Fecha: 03/11/2017

Bajo la rúbrica «Deducibilidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los gastos de suministros de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica y de los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad» el art. 11 de la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, establece, con efectos del día 1 de enero de 2018, la consideración de gasto deducible para la determinación del rendimiento neto en estimación directa.
Según la Nota de Prensa publicada por el Ministerio de Hacienda y Función Pública el 2 de noviembre de 2017, los suministros se podrán deducir según un porcentaje objetivo, si bien se permite que se pruebe otro porcentaje, mientras que los gastos de manutención serán deducibles siempre que se produzcan en establecimientos de restauración y se abonen utilizando medios electrónicos de pagos.
→ Deducibilidad primas seguros (SIN MODIFICACIONES)
Las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan con él.
El límite máximo de deducción será de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente o de 1.500 euros por cada una de ellas con discapacidad.
→ Deducibilidad gastos suministro vivienda parcialmente afecta a actividad económica (NOVEDAD)
En los casos en que el contribuyente afecte parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de la actividad económica, los gastos de suministros de dicha vivienda, tales como agua, gas, electricidad, telefonía e Internet, en el porcentaje resultante de aplicar el 30 por ciento a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.
Mientras que gastos propios de la titularidad de la vivienda como amortizaciones, IBI, comunidad de propietarios, etcétera, sí resultan deducibles en proporción a la parte de la vivienda destinada al desarrollo de la actividad y al porcentaje de titularidad en el inmueble que tiene el autónomo, los suministros, por su naturaleza, no admiten el mismo criterio de reparto, puesto que varían en función del consumo y, por lo tanto, el mismo se debe imputar a la actividad en proporción a la parte que quede acreditado que se destina a la actividad profesional.
La modificación introducida en la Ley viene a fijar un porcentaje objetivo para calcular la parte de los gastos en suministros que se destinan a la actividad profesional, solventando los problemas que se producen en la práctica a la hora de determinar los criterios para su cuantificación o los factores que la acreditan.
Ejemplo del cálculo del importe deducible por estos gastos aportado por la AEAT:
La vivienda habitual de un contribuyente tiene 100 m². El contribuyente afecta a la actividad económica que desarrolla 40 m². Los gastos anuales por suministros ascienden a 5.000 euros.
Proporción de la vivienda habitual afecta: 40 m² / 100 m² = 40%
Porcentaje de deducción = 30% x 40% = 12%
Gastos deducibles: 5.000 € x 12% = 600 €
→ Deducibilidad gastos manutención en el desarrollo de la actividad económica (NOVEDAD)
Los gastos de manutención del propio contribuyente incurridos en el desarrollo de la actividad económica, siempre que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los límites cuantitativos establecidos reglamentariamente para las dietas y asignaciones para gastos normales de manutención de los trabajadores por cuenta ajena.
Esto es con carácter general, de 26,67 euros diarios si el gasto se produce en España o de 48,08 euros diarios si es en el extranjero, cantidades que se duplican si se pernocta a consecuencia del desplazamiento.
Modificación normativaPara regular los cambios se modifica la regla 5.ª del apartado 2 del Art. 30 (con efectos a partir del 01/01/2018)
Ley 6/2017 de 24 de Oct (Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo) VIGENTE
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número: 257 Fecha de Publicación: 25/10/2017 Fecha de entrada en vigor: 26/10/2017 Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 13ª. Entrada en vigor.
- D.F. 12ª. Habilitación normativa.
- D.F. 11ª. Rango reglamentario.
- D.F. 10ª. Modificación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
- D.F. 9ª. Modificación del texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
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Sentencia Administrativo Nº 247/2013, TSJ La Rioja, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 231/2012, 31-10-2013
Orden: Administrativo Fecha: 31/10/2013 Tribunal: Tsj La Rioja Ponente: Escanilla Pallas, Jesus Miguel Num. Sentencia: 247/2013 Num. Recurso: 231/2012
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Sentencia Administrativo Nº 76/2015, TSJ Pais Vasco, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 264/2013, 17-02-2015
Orden: Administrativo Fecha: 17/02/2015 Tribunal: Tsj Pais Vasco Ponente: Ruiz Ruiz, Angel Num. Sentencia: 76/2015 Num. Recurso: 264/2013
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Sentencia Administrativo Nº 251/2016, TSJ Extremadura, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 615/2015, 28-06-2016
Orden: Administrativo Fecha: 28/06/2016 Tribunal: Tsj Extremadura Ponente: Villalba Lava, Mercenario Num. Sentencia: 251/2016 Num. Recurso: 615/2015
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Sentencia Administrativo Nº 654/2016, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 5, Rec 811/2014, 31-05-2016
Orden: Administrativo Fecha: 31/05/2016 Tribunal: Tsj Madrid Ponente: Lescure Ceñal, Gustavo Ramón Num. Sentencia: 654/2016 Num. Recurso: 811/2014
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Sentencia Administrativo Nº 1047/2014, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sec. 3, Rec 875/2011, 28-03-2014
Orden: Administrativo Fecha: 28/03/2014 Tribunal: Tsj Comunidad Valenciana Ponente: Castello Checa, Maria Belen Num. Sentencia: 1047/2014 Num. Recurso: 875/2011
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Método de Estimación Directa (IRPF)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 25/10/2017
Tal y como dispone el Art. 30 ,LIRPF la determinación de los rendimientos de actividades económicas se efectuará, con carácter general, por el método de estimación directa. Dicho método admite dos modalidades:- Método de estimación directa n...
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Modalidades de determinación del rendimiento neto en estimación directa simplificada y normal (IRPF)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 25/10/2017
El rendimiento neto de las actividades económicas, a las que sea de aplicación la modalidad simplificada del método de estimación directa, se determinará según las normas contenidas en los Art. 28 ,LIRPF y Art. 30 ,LIRPF con diversas especialid...
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Dietas y gastos de viaje (IRPF)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 14/03/2016
Se considerarán rendimientos íntegros del trabajo, entre otras las dietas y asignaciones para gastos de viaje, excepto los de locomoción y los normales de manutención y estancia en establecimientos de hostelería con los límites que se establece...
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Reducciones en los rendimientos de actividades económicas (IRPF)
Orden: Fiscal Fecha última revisión: 30/11/2016
A efectos de la aplicación de la reducción prevista en el apartado 1 del Art. 32 ,LIRPF, se consideran rendimientos de actividades económicas obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, exclusivamente, los siguientes, cuando se impute...
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Cuantía de los complementos por mínimos en las pensiones año 2019
Orden: Laboral Fecha última revisión: 15/01/2019
Los beneficiarios de pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social, que no perciban rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, de acuerdo con el concepto establecido para dichas rentas e...
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Modelo 110. IRPF. Retenciones e ingresos a cuenta. Álava
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Modelo 110. IRPF. Retenciones e ingresos a cuenta. Bizkaia
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Modelo 111. IRPF
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Modelo 190 IRPF. Gipuzkoa
Fecha última revisión: 10/11/2017
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Caso Práctico: Deducibilidad gastos de manutención de trabajadores y del autónomo titular de la actividad
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Caso práctico: Actividad profesional como abogado de forma autónoma: diversas cuestiones relativas al IRPF
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Caso práctico: Abogado con despacho en vivienda habitual: gastos deducibles
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PLANTEAMIENTOUna mujer pretende darse de alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos para desarrollar su actividad profesional de ebanista:1.- ¿Está obligada a darse de alta como autónoma? ¿Y si quisiera que su cónyuge trabajase con...
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