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La Mesa de Empleadas de Hogar, perteneciente a la Plataforma Salmantina de Entidades por el Empleo, presenta los criterios mínimos económicos y laborales para 2018.
La mesa de Empleadas de Hogar, perteneciente a la Plataforma Salmantina de Entidades por el Empleo, ha presentado los criterios mínimos económicos y laborales elaborados para aplicar a las relaciones laborales que se establezcan en el servicio de hogar familiar a lo largo del año 2018.
El documento, a pesar de no poseer carácter vinculante, fija los criterios mínimos laborales y económicos para las ofertas de trabajo de empleadas/os de hogar gestionadas por entidades como Accem, Insera, CC
- LEY 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social
- REAL DECRETO 1620/2011, de 14 de Noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del Servicio del Hogar Familiar
- REAL DECRETO ? LEY 29/2012 de 28 de diciembre de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social.
- REAL DECRETO 1077/2017, de 29 de diciembre por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2018.
- Orden ESS/55/2018, de 26 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2018.
- Estatuto de los Trabajadores, como norma general para aquellos aspectos que no se recogen en el RD 1620/2011.
El documento adjunto recoge el salario mínimo que debe percibir el trabajador, según la jornada de trabajo; los derechos y obligaciones básicas que deben darse en la relación laboral (permisos remunerados, vacaciones, descansos de las internas, retribución en caso de trabajo nocturno o por día festivo, etc) y los tramos de cotización de la Seguridad Social.