Modificación de las espec...ia del IVA

Última revisión
13/01/2023

Modificación de las especificaciones técnicas para declarar los nuevos recargos de equivalencia del IVA

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Materias: fiscal

Fecha: 13/01/2023

formularios hacienda
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Con los nuevos tipos de IVA se han implementado paralelamente nuevos tipos de recargo de equivalencia. Hacienda ha procedido a modificar las especificaciones técnicas de los modelos 303 y 322 y aclarar como deben cumplimentarse dichos modelos.

De igual forma, tal y como informábamos estos días, con efectos desde el 1 de enero de 2023, la disposición adicional decimosexta del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, ha modificado el tipo del recargo de equivalencia fijado en los artículos 1 y 72 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, que pasa del 0,625 % al 0,62 %, por ello la AEAT señala que, en el caso de que se haya emitido una factura con recargo del 0,625 %, independientemente de la factura rectificativa que proceda (emitida por sustitución o por diferencias), se podrá remitir un único registro de facturación con el tipo de recargo del 0,62 %

Así, el nuevo recargo de equivalencia del 0,62 %, aplicable cuando el tipo impositivo del IVA sea del 5 %, junto con el recargo de equivalencia del 0 %, para las autoliquidaciones correspondientes a 2023, se implementarán técnicamente del siguiente modo:

Modelo 303

Se incluirán en las casillas 16 y 18 del modelo 303 las bases imponibles y cuotas correspondientes a las operaciones gravadas con el tipo de recargo de equivalencia del 0,62 %.

Se incluirán en las casillas 16 y 18 del modelo 303 las bases imponibles y cuotas correspondientes a las operaciones gravadas con el tipo de recargo de equivalencia del 0 %.

En el caso de que en una misma autoliquidación deban incluirse simultáneamente operaciones a los tipos de recargo de equivalencia del 0 %, 0,5 % y 0,62 %:

  • Se incluirán en la casilla 16 y 18 del modelo 303 la suma de las bases imponibles y la suma de las cuotas correspondientes a todos los tipos.
  • Se incluirá en la casilla 17 del modelo 303 se indicará el tipo al que corresponda una mayor cuota.

Modelo 322

En las casillas reservadas a «Recargo de equivalencia» se harán constar las bases imponibles gravadas, en su caso, a los tipos del 0 %, 0,5 %, 0,62 %, 1,4 %, 5,2 % y 1,75 %, el tipo aplicable y las cuotas resultantes.

En caso de ser imprescindible el uso de casillas para declarar simultáneamente por más de cuatro tipos de recargo, las operaciones a los tipos del 0%, 0,5% y del 0,62% se consignarán en una única casilla de Base imponible y de Cuota, respectivamente, y en la casilla destinada al Tipo se hará constar aquel al que corresponda la mayor cuota.
Suministro inmediato de información.

Además, con el objeto de permitir informar las facturas que documenten operaciones gravadas con los nuevos tipos de recargo de equivalencia se modificarán las validaciones de los libros registro de facturas emitidas y recibidas llevados a través de la Sede electrónica (SII), admitiendo los tipos de recargo del 0 % y 0,62 % siempre que la fecha de la operación sea 1 de enero o posterior (con los límites temporales previstos para cada uno de los tipos de recargo).

Según anuncia la AEAT, en los próximos días se publicará en el apartado "Información Técnica" del portal "SII - Suministro Inmediato de Información del IVA", una nueva versión del documento de validaciones "Documento de validaciones y errores". Y las validaciones estarán implementadas el día 16 de enero.

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