Última revisión
Modificaciones en materia del Impuesto sobre Hidrocarburos
Con entrada en vigor al día siguiente al de su publicación, el Boletín Oficial del Estado del pasado sábado 16 de febrero, publicaba la Orden HAC/135/2019, de 31 de enero.
Esta Orden responde a las modificaciones introducidas por los PGE 2018, en la
Además, con la derogación del artículo 50 ter de la Ley de Impuestos Especiales, con efectos desde esa misma fecha, no resultan de aplicación los tipos impositivos autonómicos del Impuesto sobre Hidrocarburos que, en su caso, hubieran aprobado las Comunidades Autónomas
La nueva estructura impositiva del Impuesto sobre Hidrocarburos, con la existencia de un tipo general y en algunos epígrafes un tipo especial, y la desaparición del tipo autonómico, obligan, para los períodos de liquidación que se inicien a partir del 1 de enero de 2019, a adaptar el modelo de autoliquidación por este impuesto, modelo 581, y suprimir el modelo 582.
No obstante, los modelos 581 y 582 vigentes hasta 31 de diciembre de 2018, deben mantenerse, dada la posibilidad de presentar declaraciones extemporáneas, complementarias o rectificativas en relación con períodos impositivos anteriores a 2019.
Asimismo, se suprime el modelo 564 «Impuesto sobre Hidrocarburos. Declaración-liquidación.».
Por otro lado, el
Como consecuencia de este nuevo supuesto de exención este
Estos cambios hacen necesario modificar el anexo XLII, de la Orden EHA/3482/2007, que recoge el repertorio de las claves para configurar el Código de Actividad y del Establecimiento (CAE) de las actividades sometidas al requisito de inscripción en el Registro Territorial aprobado por el artículo 13 de la citada Orden, al objeto de suprimir la clave de actividad HY prevista para la inscripción en el Registro Territorial de los Impuestos Especiales de los consumidores de gasóleo del epígrafe 1.16.
Por último, se actualiza la relación de epígrafes y Códigos de Epígrafes previstos en el artículo 14 de la Orden EHA/3482/2007, detallados en el anexo XLIV de la citada Orden, al objeto de suprimir los epígrafes 1.16 y 1.17.