Modificaciones en los mod...3, 05 y 06

Última revisión
14/12/2021

Modificaciones en los modelos 347, 303, 05 y 06

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico

Relacionados:

Tiempo de lectura: 3 min

Materias: fiscal

Fecha: 14/12/2021

libros ordenador portatil

 

Se aprueba en el BOE de hoy, 14 de diciembre de 2021, la Orden HFP/1395/2021, de 9 de diciembre, por la que se modifican la Orden EHA/3851/2007, de 26 de diciembre, la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, y la Orden HAC/171/2021, de 25 de febrero.

La orden aprobada incluye varias modificaciones de carácter esencialmente técnico cuyo objetivo principal es la actualización de los contenidos y formas de presentación de determinadas declaraciones.

Modelo 347

Se introducen modificaciones en la codificación del NIF IVA para operaciones con Irlanda del Norte

En primer lugar y en relación con la modificación introducida en los diseños de registro del modelo 347, la Declaración anual de operaciones con terceras personas, debe tenerse en cuenta que para distinguir las operaciones realizadas con Irlanda del Norte, el Reino Unido asignará a los empresarios que puedan acogerse al protocolo de Irlanda del Norte un NIF IVA que comenzará por XI. Esto no incluye los servicios en los que una de las partes esté establecida en Irlanda del Norte, por lo que, desde 1 de enero de 2021 deberán declararse, en su caso, a través de la Declaración anual de operaciones con terceras personas. 

Adaptación del modelo a la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre

Se adapta el modelo físico, forma y lugar de presentación a las condiciones generales de presentación contenidas en la citada Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre.

Modelo 303

Supresión de la posibilidad de llevar a cabo la presentación en formato papel

La Orden aprobada hoy procede a la supresión de la presentación del modelo 303 mediante papel impreso generado mediante el servicio de impresión desarrollado por la Agencia Tributaria en su Sede electrónica. La supresión de esta modalidad de presentación permitirá a su vez poner a disposición del contribuyente nuevas funcionalidades en el ámbito de la asistencia en la cumplimentación de esta declaración.

Modelos 05, 06 y 576

Nuevo campo en los modelos: base imponible

Por último, en relación con el modelo 05, de declaración del «Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Solicitud de no sujeción, exención y reducción de la base imponible" y con el modelo 06, de declaración del «Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, exenciones y no sujeciones sin reconocimiento previo», se procede a hacer una modificación en el contenido de ambos modelos. Esta modificación consiste en incorporar en ambos modelos un campo para informar de la base imponible del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte que correspondería de no resultar aplicable alguno de los supuestos de no sujeción, exención o reducción de la base imponible. Respecto del supuesto de reducción de la base imponible, además, se incorporan en el modelo 05 los datos relativos al título de familia numerosa con el objetivo de agilizar la concesión de dicha reducción.

Entrada en vigor

La entrad en vigor de las modificaciones se producirá el día 3 de enero de 2022 y será aplicable por primera vez a la Declaración anual de operaciones con terceras personas correspondiente a 2021.

No obstante, el artículo tercero —supresión de la presentación en papel del modelo 303— entrará en vigor el 1 de enero de 2023, y se aplicará a las autoliquidaciones del modelo 303 correspondientes al ejercicio 2023 y siguientes.

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.